✓ Verificado automáticamente contra la fuente oficialCómo verificamos →
alta trascendenciaprimeranormativa-economica

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD

EPEC obtiene acceso a red eléctrica para solar en Córdoba

EPEC obtiene acceso a red eléctrica para solar en Córdoba

El ENRE dio a publicidad la solicitud de acceso a la capacidad de transporte existente presentada por EPEC S.A.U. para un parque solar fotovoltaico de 3 MW en San Francisco, Córdoba, con plazo de cinco días hábiles para presentar observaciones o proyectos alternativos que optimicen el funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI).

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348919/20261014

El ENRE resolvió dar a publicidad la solicitud de acceso a la capacidad de transporte existente presentada por EPEC S.A.U. para su Parque Solar Fotovoltaico San Francisco, ubicado en el Departamento San Justo, Provincia de Córdoba. El proyecto tiene una potencia de tres megavatios (3 MW) y se conectará al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de 13,2 kV a través de la Estación Transformadora San Francisco, bajo jurisdicción de EPEC. El acto ordena la publicación en los portales web del ENRE y CAMMESA durante cinco días hábiles administrativos. Durante ese periodo, cualquier interesado puede presentar por escrito un proyecto alternativo de acceso o manifestar observaciones u oposiciones fundadas en perjuicios para el sistema. Si no se presentan tales documentos al vencimiento del plazo, el acceso se considerará otorgado automáticamente. Posteriormente, EPEC S.A.U. deberá cumplir con los requerimientos técnicos exigidos por EPEC y CAMMESA para la integración del parque al sistema.

El ENRE opera bajo el marco del Decreto N° 1.759/72, que define sus competencias en materia de regulación del gas y la electricidad. Desde su creación, el ente ha sido responsable de garantizar el acceso equitativo a la infraestructura energética y la transparencia en los procesos de conexión de generadores.

EPEC S.A.U. es la solicitante del acceso. CAMMESA y EPEC, como agentes técnicos del sistema, están afectados por la necesidad de cumplir con los requerimientos técnicos posteriores. Los usuarios del sistema eléctrico pueden verse afectados si surge una oposición que modifique el diseño del acceso.

Publicidad

Próximamente

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • La resolución ID 348655 (7/10/2026) otorgó conexión de 6 MW para un parque solar en Villa María, Córdoba, bajo los mismos organismos y entidades involucradas en la noticia nueva.
  • El ENREGE ha emitido múltiples actos en octubre de 2026 vinculados al acceso a red, regulación tarifaria y apoyo a usuarios vulnerables, evidenciando una actividad regulatoria intensa en el sector eléctrico.
Criterio editorial

Por qué importa

La decisión tiene trascendencia alta porque determina el inicio de un proceso regulatorio clave para la conexión de un generador de energía renovable a la red eléctrica nacional. Este proceso impacta directamente en la planificación técnica y económica del Sistema Argentino de Interconexión (SADI), garantizando transparencia y equidad en el acceso a infraestructura crítica mediante un procedimiento público y formalizado.

Claves de lectura

Entidades y temas

Seguir leyendo

Lo que sigue moviendo el tablero oficial

2 piezas
Mismo organismo

Seguí la agenda de ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD

3 avisos
Mismo tipo de acto

Otras decisiones bajo normativa-economica

3 avisos
Correcciones

Reportar un problema

Publicidad

Próximamente

Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 756/2026

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD Resolución Sintetizada 756/Resolución RESFC-2026-756-APN-DIRECTORIO#ENREGEExpediente EX-2023-123584301- -APN-SD#ENREBuenos Aires, 9 de OCTUBRE de 2026El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD ha resuelto ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la Solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente, requerido por la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (EPEC S.A.U.), para su Parque Solar Fotovoltaico (PSFV) SAN FRANCISCO con una potencia de TRES MEGAVATIOS (3 MW), ubicado en el Departamento San Justo, Provincia de CÓRDOBA, a vincularse al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la red vinculada a la Estación Transformadora (ET) San Francisco, jurisdicción de la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA (EPEC), quien actuará en calidad de Prestador Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT). 2.- Establecer que la publicación ordenada en el artículo 1 de este Acto se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENReGE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en su portal de internet por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, en ambos portales web. Así también, se otorga un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde la última publicación efectuada, para que quién lo considere procedente, presente por escrito, ante este Organismo un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de que se plantee una oposición fundada y/o que sea común a otros usuarios, se convocará a Audiencia Pública a fin de recibir las oposiciones, y de permitir al solicitante del Acceso a la Capacidad de Transporte Existente contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 del presente Acto, sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo superador, se considerará otorgado el acceso referido en el artículo 1, y se procederá a indicar esta condición en el “Registro Informativo de Accesos de la Red Eléctrica” de su página de Internet e informará a las partes. 5.- Ordenar que, una vez otorgado el Acceso a la Capacidad de Transporte Existente en los términos del artículo 4 para el Parque Solar Fotovoltaico (PSFV) SAN FRANCISCO con una potencia de TRES MEGAVATIOS (3 MW), a EPEC S.A.U. deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por EPEC y CAMMESA. 6.- Notificar a EPEC S.A.U., en su carácter de Agente Generador, a EPEC de PAFTT, y a CAMMESA en los términos previstos en el artículo 41 del Decreto N° 1.759/72 - T.O. 2017. 7.- Registrar, comunicar, publicar en extracto, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar. Firmado: Héctor Sergio Falzone - Griselda Lambertini - Marcelo Alejandro Nachon - Vicente Serra. -Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Unidad Secretaría de Directorio - Electricidad.e. 14/10/2026 N° 75539/26 v. 14/10/2026 Fecha de publicación 14/10/2026

Newsletter gratuito

El Boletín Oficial, leído por vos.

Las 3 decisiones importantes del Gobierno, todas las mañanas en tu correo.

Double opt-in. Sin spam. Baja con un clic.