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ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD

Modifican horarios de atención del ENRE

Modifican horarios de atención del ENRE

La resolución establece nuevos horarios para la Mesa de Entradas del Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348840/20261013

La resolución modifica los horarios de atención al público de la Mesa de Entradas del ENRE. Se inscribe en el marco normativo del ENRE, que regula la actividad eléctrica en Argentina.

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Resolución 754/2026

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD Resolución 754/Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2026VISTO el EX-2026-96768101- -APN-USDG#ENREGE, la Ley N.° 27.742 y el Decreto N.° 452/2025 (B.O. 07-07-25) yCONSIDERANDO:Que, por medio del artículo 6° de la Resolución ENARGAS N.° I-4091/16 (B.O. 31-10-16) se fijó el horario de atención al público de la Mesa de Entradas y Salidas del Ente Nacional Regulador del GAS (ENARGAS) de 10:00 a 16:00 horas, durante los días hábiles administrativos.Qué asimismo, conforme surge de las actuaciones, el horario de ingreso de documentación a través de la Mesa de Entradas virtual del ex ENARGAS se encuentra establecido de 9:00 a 17:00 horas.Que, por su parte, el artículo 1° de la Resolución ENRE N.° 0031/94 (B.O. 9-5-94) estableció que la Mesa de Entradas del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) atendería de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 y de 14:00 a 17:30 horas.Que, mediante el artículo 1° del Decreto N.° 452 del 4 de julio de 2025 (B.O. 7-7-25) se constituyó el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), creado por el artículo 161 de la Ley N.° 27.742, el que “…llevará a cabo todas las medidas necesarias para cumplir las misiones y funciones asignadas por las Leyes Nros. 24.076 y 24.065 al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), respectivamente”.Que luego, mediante la Resolución N.° RESFC-2026-1-APN-DIRECTORIO#ENREGE del 13 de mayo de 2026, se aprobó la estructura orgánica transitoria del ENReGE, con las responsabilidades, competencias y funciones correspondientes a las Unidades Organizativas que lo integran.Que, a fin de llevar adelante la unificación del funcionamiento de las mesas de entradas y salidas del ex ENARGAS y del ex ENRE, resulta necesario establecer un horario único de atención al público presencial y de ingreso de documentación por la mesa de entradas virtual del Organismo, fijándolo de 9:00 a 16.30 horas.Que el Servicio Jurídico de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD es competente para el dictado de este acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley N.° 27.742, en el inciso h) del artículo 11 del Decreto N.° 452/25, y lo establecido en el Decreto N.° 318/26 (B.O. 5-5-26).Por ello,EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDADRESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Fijar el horario de atención al público presencial y de ingreso de documentación por la mesa de entradas virtual del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD, el que será de 9.00 a 16.30 horas.ARTÍCULO 2°.- Registrar; comunicar, publicar, dar a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivar.Hector Sergio Falzone - Griselda Lambertini - Marcelo Alejandro Nachon - Vicente Serrae. 13/10/2026 N° 75438/26 v. 13/10/2026 Fecha de publicación 13/10/2026