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MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Suspensión de reglamento del programa Vouchers Educativos

Suspensión de reglamento del programa Vouchers Educativos

El Ministerio de Capital Humano suspende normas del programa educativo por un año

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345883/20260813

El Ministerio de Capital Humano suspendió temporalmente normas del programa Vouchers Educativos para garantizar la continuidad educativa de los beneficiarios. La medida busca evitar interrupciones en el acceso a la educación de familias vulnerables.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El 5 de agosto de 2026 se homologó un convenio salarial en educación mediante Resolución 480/2026 (ID 345410).
  • El 6 de agosto de 2026 se aprobó mediante Resolución 476/2026 un plan nacional de alfabetización y matemática (ID 345593).
Criterio editorial

Por qué importa

La suspensión de normas del programa Vouchers Educativos afecta directamente a miles de beneficiarios, lo que le da relevancia a nivel social y educativo.

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Documento base

Texto original

Resolución 505/2026

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Resolución 505/Ciudad de Buenos Aires, 11/08/2026VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2026-24372128- -APN-SSPIE#MCH, la Ley N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438/1992) y sus modificatorias, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO N° 61 de fecha 20 de marzo de 2024, las Resoluciones de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Nros. 90 de fecha 4 de abril de 2024 y 205 de fecha 7 de abril de 2026, yCONSIDERANDO:Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobaron la conformación organizativa del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y las acciones a cargo de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.Que a través de la Resolución del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO N° 61 de fecha 20 de marzo de 2024 se creó el PROGRAMA DE ASISTENCIA “VOUCHERS EDUCATIVOS”.Que dicho Programa consiste en una prestación temporaria a favor de las familias cuyos hijos de hasta DIECIOCHO (18) años de edad asisten a instituciones educativas públicas de gestión privada con al menos SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de aporte estatal y cuyo ingreso familiar no supere los SIETE (7) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.Que por el artículo 4° de la citada Resolución dispone: “Encomendar en la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN la ejecución del PROGRAMA y el dictado de los actos administrativos tendientes a su reglamentación e implementación, así como la firma de los convenios con otros organismos cuando ello resulte necesario”.Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN N° 205 de fecha 7 de abril de 2026, se convocó a la inscripción correspondiente al año 2026 y se modificó el Reglamento General del Programa (Anexo I - IF-2026-34617871-APN-SSPIE#MCH).Que por los artículos 14 y 21 inc. E del Reglamento mencionado se regulan las certificaciones mensuales que las instituciones educativas deben realizar respecto de los beneficiarios del Programa y el cese de la prestación.Que atento a que el ciclo lectivo se encuentra en curso, y con el objeto de que no se vean afectadas las trayectorias educativas de los beneficiarios, la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS E INNOVACIÓN EDUCATIVA propicia la suspensión de la aplicación del citado articulado durante el año 2026.Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención de su competencia.Que la SUBSECRETARÍA LEGAL dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, ha intervenido conforme sus competencias.Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y el artículo 4° de la Resolución del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO N° 61 de fecha 20 de marzo de 2024.Por ello,EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL MINISTERIO DE CAPITAL HUMANORESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Disponer la suspensión, durante el año 2026, de la aplicación del artículo 14 y del artículo 21 inc. e) del Reglamento General del Programa de Asistencia “Vouchers Educativos” aprobado por la Resolución de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN N° 205 del 7 de abril de 2026.ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.Carlos Horacio Torrendelle. 13/08/2026 N° 56688/26 v. 13/08/2026 Fecha de publicación 13/08/2026