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MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Universidad de la Ciudad Autónoma homologa su estatuto

Universidad de la Ciudad Autónoma homologa su estatuto

Resolución 668/2026 aprueba el Estatuto Provisorio de la Universidad de Buenos Aires

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347791/20260922

La resolución 668/2026 aprueba el estatuto de la Universidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, permitiéndole operar con plena validez institucional y garantizando el reconocimiento oficial de sus títulos.

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La aprobación del estatuto es un acto clave para la institucionalización de la universidad, con impacto directo en su funcionamiento y en la comunidad educativa que la compone.

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Resolución 668/2026

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Resolución 668/Ciudad de Buenos Aires, 18/09/2026VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-101258340- -APN-DNGU#MCH, la Ley N° 24.521 de Educación Superior, los Decretos N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, N° 507 de fecha 3 de octubre de 2023, N° 862 de fecha 27 de setiembre de 2024 y N° 378 de fecha 21 de mayo de 2026, yCONSIDERANDO:Que por el artículo 1° del Decreto N° 968 de fecha 30 de octubre de 2024 se otorgó reconocimiento a la UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, creada por Ley N° 6053 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en los términos del artículo 69, inciso a) de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y sus modificatorias.Que conforme se establece en el artículo 2° del precitado decreto, la Institución Universitaria mencionada debe obtener la aprobación de su Estatuto, de las carreras y de los planes de estudio respectivos, previa acreditación por parte de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU) en el caso de que ello corresponda, a fin de que los títulos que se expidan posean reconocimiento oficial y validez nacional.Que del análisis realizado al proyecto de Estatuto presentado por la UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES se concluye que su texto se ajusta a las previsiones de la Ley de Educación Superior N° 24.521, no existiendo observaciones que formular al mismo.Que en consecuencia, corresponde proceder a la aprobación del Estatuto mencionado y disponer su publicación en el Boletín Oficial.Que si bien el estatuto de la UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES incluye el domicilio de la sede principal de dicha Casa de Altos Estudios en un sentido amplio indicando sólo la localidad, la referida Institución Universitaria informó ante esta autoridad de aplicación el domicilio exacto en donde funciona su sede principal (Tte. Gral. Juan D. Perón 802, Ciudad Autónoma de Buenos Aires); el que tendrá la calidad de domicilio constituido a todos los efectos académicos y legales y en donde resultará válida cualquier notificación y/o comunicación que se curse mientras el mismo no sea modificado y debidamente comunicado a esta SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.Que ha tomado la intervención que le corresponde la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN UNIVERSITARIA, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS.Que la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS tomó la intervención de su competencia.Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención pertinente.Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha intervenido conforme sus competencias.Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/1992) y sus normas modificatorias y complementarias, el artículo 34 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, y lo dispuesto por los Decretos N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, N° 862 de fecha 27 de septiembre de 2024 y N° 378 de fecha 21 de mayo de 2026.Por ello,EL SECRETARIO DE EDUCACIÓNDEL MINISTERIO DE CAPITAL HUMANORESUELVE:ARTICULO 1º.- Hacer saber que el Estatuto Provisorio de la UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES que obra como Anexo de la presente (IF-2025-132194109-APN-DNGU#MCH) encuadra dentro de los lineamientos establecidos por la Ley N° 24.521 de Educación Superior.ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.Carlos Horacio TorrendellNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 22/09/2026 N° 68782/26 v. 22/09/2026 Fecha de publicación 22/09/2026   Anexo - 1