El acuerdo modificador fue celebrado en Asunción el 29 de junio de 2026 y entró en vigor el 29 de julio de 2026, conforme al artículo 2 del Acuerdo. Se adjunta copia del texto completo, disponible en la edición web del Boletín Oficial de la República Argentina (BORA). No se especifican modificaciones concretas en el texto del aviso.
Las autoridades migratorias, consulares y de transporte aéreo de Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay deben aplicar el nuevo Anexo I. Los ciudadanos que viajen entre estos países deben asegurarse de que sus documentos de viaje cumplan con las nuevas especificaciones técnicas.
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Antecedentes relacionados
- El mismo organismo publicó recientemente un convenio bilateral con Italia sobre traslado de condenados (ID 348999, 2026-10-15).
- En los últimos 30 días, el organismo emitió 9 actos, pero ninguno vinculado explícitamente a Mercosur, documentos de viaje o integración regional.
Por qué importa
El acto tiene trascendencia alta porque afecta directamente a los países miembros del Mercosur en la coordinación técnica de documentos de viaje. Sin embargo, el aviso no informa sobre cambios concretos ni sobre su impacto operativo en la ciudadanía o en las autoridades.