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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Mercosur actualiza estándares de documentos de viaje para facilitar la libre circulación

Mercosur actualiza estándares de documentos de viaje para facilitar la libre circulación

El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto publicó en el Boletín Oficial el Acuerdo Modificador del Anexo I del Acuerdo sobre Documentos de Viaje y Retorno de los Estados Partes del Mercosur. El acto fue celebrado en Asunción el 29 de junio de 2026 y entró en vigor el 29 de julio de 2026.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/349375/20261021

El acuerdo modificador fue celebrado en Asunción el 29 de junio de 2026 y entró en vigor el 29 de julio de 2026, conforme al artículo 2 del Acuerdo. Se adjunta copia del texto completo, disponible en la edición web del Boletín Oficial de la República Argentina (BORA). No se especifican modificaciones concretas en el texto del aviso.

Las autoridades migratorias, consulares y de transporte aéreo de Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay deben aplicar el nuevo Anexo I. Los ciudadanos que viajen entre estos países deben asegurarse de que sus documentos de viaje cumplan con las nuevas especificaciones técnicas.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El mismo organismo publicó recientemente un convenio bilateral con Italia sobre traslado de condenados (ID 348999, 2026-10-15).
  • En los últimos 30 días, el organismo emitió 9 actos, pero ninguno vinculado explícitamente a Mercosur, documentos de viaje o integración regional.
Criterio editorial

Por qué importa

El acto tiene trascendencia alta porque afecta directamente a los países miembros del Mercosur en la coordinación técnica de documentos de viaje. Sin embargo, el aviso no informa sobre cambios concretos ni sobre su impacto operativo en la ciudadanía o en las autoridades.

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Documento base

Texto original

Tratados y Convenios Internacionales

PUBLICACIÓN BOLETÍN OFICIAL LEY Nº 24.080FECHA DE ENTRADA EN VIGOR PARA LA REPÚBLICA DE INSTRUMENTOS MULTILATERALES QUE NO REQUIRIERON APROBACIÓN LEGISLATIVAACUERDO MODIFICATORIO DEL ANEXO I DEL ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE Y DE RETORNO DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS.Celebración: Asunción, 29 de junio de 2026.Entrada en Vigor: 29 de julio de 2026 (conforme Art. 2 del Acuerdo).Se adjunta copia de su texto.Juan Pablo Paniego, Director, Dirección de Tratados.NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Tratados y Convenios Internacionales se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 21/10/2026 N° 78088/26 v. 21/10/2026 Fecha de publicación 21/10/2026   Anexo - 1

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