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MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 48/2026 homologa acuerdo entre SMATA y Francisco Osvaldo Díaz S.A.

Disposición 48/2026 homologa acuerdo entre SMATA y Francisco Osvaldo Díaz S.A.

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo homologó un acuerdo celebrado entre el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina (SMATA) y la empresa Francisco Osvaldo Díaz Sociedad Anónima.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/342258/20260521

La Disposición 48/2026 dispone la homologación de un acuerdo convencional celebrado entre la empresa Francisco Osvaldo Díaz Sociedad Anónima y el sindicato SMATA, conforme al artículo 223 bis de la Ley N° 20.744. El acuerdo prevé suspensiones de personal con pago de una prestación no remunerativa y fue ratificado previamente por ambas partes mediante documentos específicos citados. La homologación se realiza sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores afectados, cuyo listado figura en el expediente.

El aviso no informa antecedentes históricos, cronología previa ni evolución del caso.

El aviso no informa identidad, cantidad ni características del personal afectado, aunque señala que su listado forma parte del expediente.

Criterio editorial

Por qué importa

Tiene trascendencia media porque constituye un acto administrativo de homologación de un acuerdo marco colectivo bajo la Ley de Contrato de Trabajo, con efectos formales para su registro y notificación, pero el aviso no informa su alcance práctico ni impacto concreto.

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Se registró acuerdo entre UTEDYC y Caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia de Buenos Aires

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo registró un acuerdo celebrado entre la Unión de Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDYC) y la Caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia de Buenos Aires, conforme a la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

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Homologación de acuerdo colectivo entre Futura Hnos. y gremio de supervisores metalmecánicos

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo homologó un acuerdo entre Futura Hnos. Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Seccional Capital Federal de la Asociación de Supervisores de la Industria Metalmecánica, previendo suspensiones con prestación no remunerativa bajo el artículo 223 bis de la Ley 20.744.

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Homologación de acuerdo y escalas salariales entre La Fraternidad y SOFSA

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo homologó el acuerdo y escalas salariales celebrados entre el Sindicato La Fraternidad y Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA), conforme a la Ley N° 14.250 de Negociación Colectiva.

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Disposición 48/2026

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 48/Ciudad de Buenos Aires, 12/01/2026VISTO el Expediente Nº EX-2025-34280387- -APN-DGDTEYSS#MCH, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976), el Decreto N° 200 de fecha 16 de febrero de 1988 y sus modificatorias y,CONSIDERANDO:Que en las páginas 2/3 del documento N° RE-2025-34280282-APN-DGDTEYSS#MCH de los autos de referencia, obra el acuerdo celebrado entre la empresa FRANCISCO OSVALDO DÍAZ SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora y el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA - SMATA, ratificado por la representación empleadora en el documento N° RE-2025-91882823-APN-DGDTEYSS#MCH y por la representación sindical en el documento N° RE-2025-59001511-APN-DTD#JGM de autos.Que en el referido texto convencional las partes convienen suspensiones de personal previendo el pago de una prestación no remunerativa, durante la vigencia de las mismas, en los términos del artículo 223 bis de la Ley N° 20.744, conforme surge del texto pactado.Que en relación a ello, corresponde señalar que si bien se encuentra vigente lo regulado en la Ley N° 24.013 y el Decreto N° 265/02 que imponen la obligación de iniciar un Procedimiento Preventivo de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, toda vez que con el mismo se logra preservar los puestos de trabajo, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.Que cabe indicar que el listado de personal afectado se encuentra en las páginas 4/10 del documento N° RE-2025-34280282-APN-DGDTEYSS#MCH de autos.Que teniendo en cuenta el texto pactado, se procederá a informar a los Organismos competentes para su intervención.Que los sectores intervinientes poseen acreditada la representación que invisten en autos.Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, tomó la intervención que le compete.Que el Servicio Jurídico Permanente de esta SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, ha tomado la intervención de competencia.Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°14.250 (t.o.2004), el artículo 10º del Decreto N°200/88 y sus modificatorias, el DECTO-2024-862-APN-PTE y el artículo 223 bis de la Ley Nº 20.744.Por ello,LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la empresa FRANCISCO OSVALDO DÍAZ SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, y el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA - SMATA, por la parte sindical, obrante en las páginas 2/3 del documento N° RE-2025-34280282-APN-DGDTEYSS#MCH de autos, en el marco del artículo 223 bis de la Ley N° 20.744 (t.o.1976).ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, para su registro. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro del acuerdo, conjuntamente con el listado de personal afectado, obrantes ambos en las 2/10 del documento N° RE-2025-34280282-APN-DGDTEYSS#MCH de autos.ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente.ARTÍCULO 4°.- Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el artículo 1º de la presente Disposición, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que esta SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Mara Agata MentoroNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 21/05/2026 N° 33838/26 v. 21/05/2026 Fecha de publicación 21/05/2026   Anexo - 1