ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 6443/Ciudad de Buenos Aires, 05/10/2026VISTO el Expediente N° EX-2022-40986062-APN-DVPS#ANMAT, la Ley N° 16.453, el Decreto N° 1490 del 27 de agosto de 1992; yCONSIDERANDO:Que por las actuaciones citadas en el VISTO la firma DROGUERÍA PHARMACOR de ZALAZAR DOMINGO LINO, Legajo N° 660, con domicilio en la calle Ayacucho No 2710, de la ciudad y provincia de Corrientes, solicitó la renovación del certificado de Buenas Prácticas de Distribución otorgado por la Disposición ANMAT N° 4493 del 08 de mayo de 2017 para realizar TRÁNSITO INTERJURISDICCIONAL DE MEDICAMENTOS Y ESPECIALIDADES MEDICINALES.Que por Disposición N° DI-2022-7393-APN-ANMAT#MS de fecha 15 de septiembre de 2022 se nombró a la farmacéutica NORA NANCY CATULO (DNI N° 14.465.840, MP N° 1.012, como directora técnica del establecimiento DROGUERÍA PHARMACOR de ZALAZAR DOMINGO LINO, Legajo N° 660, con domicilio en la calle Ayacucho No 2710, de la ciudad y provincia de Corrientes.Que en el orden 106 la firma solicitó la baja de la habilitación referida.Que el Departamento de Control de Mercado emitió su informe técnico en el IF-2026-73038604-APN-DEYGMPS#ANMAT (orden 110)Que la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorios.Por ello;EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONALDE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICADISPONE:ARTÍCULO 1º.- Dase de baja la habilitación para realizar TRÁNSITO INTERJURISDICCIONAL DE MEDICAMENTOS Y ESPECIALIDADES MEDICINALES otorgada por la Disposición ANMAT N° 4493/17, a la firma DROGUERÍA PHARMACOR de ZALAZAR DOMINGO LINO, Legajo N° 660, CUIT N°: 23-23742180-9, con domicilio en la calle Ayacucho No 2710, de la ciudad y provincia de Corrientes, bajo la dirección técnica de la farmacéutica NORA NANCY CATULO (DNI N° 14.465.840, MP N° 1.012).ARTICULO 2°.- Limítase a la farmacéutica NORA NANCY CATULO (DNI N° 14.465.840, MP N° 1.012) como directora técnica de la firma DROGUERÍA PHARMACOR de ZALAZAR DOMINGO LINO, Legajo N° 660, CUIT N°: 23-23742180-9, con domicilio en la calle Ayacucho No 2710, de la ciudad y provincia de Corrientes, a partir del 02 de julio de 2026.ARTICULO 3°.- Cancélase el certificado correspondiente a la habilitación referida en el artículo 1° de la presente, otorgado por la Disposición N° 4493/17.ARTICULO 4°.- Hágase saber a la firma DROGUERÍA PHARMACOR de ZALAZAR DOMINGO LINO, que el presente acto agota la vía administrativa y que contra éste podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración o de alzada o acción judicial de conformidad a lo establecido por los artículos 84, 94 y cdtes. del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017) y sus modificaciones y el artículo 25 de la Ley N° 19.549 y sus modificaciones. De acuerdo con la aludida normativa, el recurso de reconsideración, deberá ser interpuesto dentro del plazo de VEINTE (20) días hábiles administrativos; el recurso de alzada dentro de los TREINTA (30) días hábiles administrativos, y la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales, computándose todos los plazos a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.ARTÍCULO 5°.- Dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Remítase a la Dirección de Gestión de Información Técnica para su conocimiento.Luis Eduardo Fontanae. 14/10/2026 N° 75902/26 v. 14/10/2026
Fecha de publicación 14/10/2026