PODER EJECUTIVO
Decreto 490/2026
DNU-2026-490-APN-PTE - Ejercicio Combinado “SALITRE 2026”. AutorizacióCiudad de Buenos Aires, 24/06/2026VISTO el Expediente Nº EX-2026-55911510-APN-SAID#MD y la Ley N° 25.880, yCONSIDERANDO:Que, oportunamente, se envió al H. CONGRESO DE LA NACIÓN para su tratamiento el pertinente proyecto de ley tendiente a autorizar la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida fuera de él de fuerzas nacionales, según corresponda, para participar en los ejercicios contemplados en el Programa de Ejercitaciones Combinadas que se detallan en sus Anexos, a realizarse durante el período comprendido entre el 1° de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026, el cual aún no ha tenido tratamiento en la H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN.Que entre los ejercicios previstos en el proyecto de ley del Plan Anual de Ejercicios Combinados comprendido en el precitado período se encuentra el “SALITRE 2026”, el cual se desarrollará en la Base Aérea de Antofagasta, en proximidades de la Ciudad de ANTOFAGASTA, REPÚBLICA DE CHILE, entre los días 29 de junio y 11 de julio del corriente año, resultando necesario que el personal y los medios de la FUERZA AÉREA ARGENTINA previstos para participar en dicha actividad inicien su desplazamiento el día 28 de junio del corriente año, con el fin de arribar al área de operaciones para el cumplimiento de las tareas preparatorias correspondientes, previéndose su repliegue y regreso al territorio nacional el día 12 de julio del presente año.Que, oportunamente, se ha recibido una invitación por parte de la FUERZA AÉREA DE CHILE para participar en el Ejercicio “SALITRE 2026”, en el marco de las actividades de cooperación bilateral entre ambas Fuerzas Aéreas.Que la participación de la FUERZA AÉREA ARGENTINA en el Ejercicio “SALITRE 2026” encuentra sustento en el Acta de Acuerdo de la XXVI Ronda de Conversaciones entre el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA DE CHILE y el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA.Que dicho ejercicio tiene por finalidad contribuir a la estabilidad y la paz regional, fortaleciendo los lazos de amistad y cooperación entre países amigos mediante la realización de ejercicios combinados, constituyéndose como una medida de fomento de la confianza mutua y de la seguridad regional.Que la participación de la FUERZA AÉREA ARGENTINA en el Ejercicio “SALITRE 2026” permitirá incrementar las experiencias operacionales combinadas y alcanzar adecuados niveles de interoperabilidad con las Fuerzas Aéreas participantes, favoreciendo la normalización de procedimientos y la integración en una coalición aérea multinacional.Que el referido ejercicio contribuirá significativamente al adiestramiento del personal del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA en la planificación y conducción de operaciones aéreas combinadas, así como al entrenamiento de las tripulaciones en la ejecución de operaciones aéreas con empleo de grandes fuerzas dentro de un ambiente operacional de alta intensidad.Que la presente edición del Ejercicio “SALITRE 2026” incorporará el concepto multidominio, integrando capacidades aéreas en un escenario combinado bajo el mandato de la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, lo que permitirá fortalecer las capacidades de planeamiento, conducción y ejecución de operaciones combinadas entre las Fuerzas Aéreas participantes.Que la no participación en el Ejercicio “SALITRE 2026” afectaría significativamente el adiestramiento combinado e interoperable con Fuerzas Aéreas de países amigos, implicando, además, la pérdida de una valiosa oportunidad para incrementar capacidades doctrinarias, operacionales y logísticas en escenarios multidominio.Que, en virtud de lo expresado precedentemente, resulta necesario autorizar la salida del territorio nacional de personal y medios de fuerzas nacionales para la participación en el citado ejercicio, a desarrollarse en la REPÚBLICA DE CHILE.Que la naturaleza excepcional de la situación planteada hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la CONSTITUCIÓN NACIONAL para la sanción de las leyes.Que la Ley Nº 26.122 regula el trámite y los alcances de la intervención del H. CONGRESO DE LA NACIÓN respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.Que la citada ley determina que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los Decretos de Necesidad y Urgencia, así como para elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de DIEZ (10) días hábiles.Que los servicios de asesoramiento jurídico pertinentes han tomado la intervención de su competencia.Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades emergentes del artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.Por ello,EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINAEN ACUERDO GENERAL DE MINISTROSDECRETA:ARTÍCULO 1°.- Autorízase la salida del territorio nacional de medios y personal de fuerzas nacionales para la participación en el Ejercicio “SALITRE 2026” a llevarse a cabo en la Base Aérea de Antofagasta, en proximidades de la Ciudad de ANTOFAGASTA, REPÚBLICA DE CHILE, entre los días 28 de junio y 12 de julio de 2026, conforme se detalla en el ANEXO I (IF-2026-59938712-APN-SAID#MD), que forma parte integrante de la presente medida.ARTÍCULO 2°.- El gasto pertinente a cargo de las FUERZAS ARMADAS que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias específicas de la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA.ARTÍCULO 3°.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.ARTÍCULO 4°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN.ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.MILEI - Manuel Adorni - Diego César Santilli - Pablo Quirno Magrane - TG Carlos Alberto Presti - Luis Andres Caputo - Juan Bautista Mahiques - Alejandra Susana Monteoliva - Mario Iván Lugones - Sandra Pettovello - Federico Adolfo SturzeneggerNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 25/06/2026 N° 44178/26 v. 25/06/2026
Fecha de publicación 25/06/2026
Anexo - 1