✓ Verificado automáticamente contra la fuente oficialCómo verificamos →
media trascendenciaprimeraconvenio-laboral

MINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE ENERGÍA

Homologan cambio de usuarios eléctricos en mercado mayorista

Homologan cambio de usuarios eléctricos en mercado mayorista

Se autorizan cambios de titularidad de grandes consumidores eléctricos en el mercado mayorista.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348914/20261014

La Secretaría de Energía autorizó el cambio de titularidad de 14 grandes consumidores eléctricos en el mercado mayorista, lo que actualiza el registro del sistema sin alterar precios ni servicios. Es un ajuste técnico necesario para mantener la integridad del mercado energético.

Publicidad

Próximamente

Criterio editorial

Por qué importa

El acto afecta directamente a 14 empresas que operan en el mercado energético nacional, y contribuye a la transparencia y eficiencia del sistema de gestión de la demanda eléctrica.

Claves de lectura

Entidades y temas

Seguir leyendo

Lo que sigue moviendo el tablero oficial

2 piezas
Mismo organismo

Seguí la agenda de MINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE ENERGÍA

3 avisos
Mismo tipo de acto

Otras decisiones bajo convenio-laboral

3 avisos
Correcciones

Reportar un problema

Publicidad

Próximamente

Documento base

Texto original

Resolución 285/2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA Resolución 285/Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2026VISTO el Expediente Nº EX-2026-89694253- -APN-DGDA#MEC, y las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, yCONSIDERANDO:Que mediante la Nota B-185419-1 de fecha 17 de junio de 2026 (IF-2026-60679302-APN-DGDA#MEC), la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que las firmas indicadas en el Anexo (IF-2026-94295980-APN-DNRYDSE#MEC) que integra esta resolución, comunicaron haber asumido la titularidad de los establecimientos que ya se encontraban incorporados al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), como Grandes Usuarios Mayores (GUMAs) y Grandes Usuarios Menores (GUMEs), conforme lo establecen las resoluciones Nros. 61 del 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y 137 del 30 de noviembre de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ambas dependientes del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias.Que las mencionadas firmas han cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.Que los referidos cambios de titularidad fueron aceptados con carácter provisorio por CAMMESA.Que el listado de las firmas solicitantes se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina N° 35.994 de fecha 17 de septiembre de 2026, no habiéndose recibido objeciones u oposiciones al respecto.Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 36 y 37 de la Ley Nº 15.336 y el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.Por ello,LA SECRETARIA DE ENERGÍARESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Autorízanse los cambios de titularidad de los agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), en su condición de Grandes Usuarios Menores (GUMEs), solicitados por las firmas indicadas en el Anexo (IF-2026-94295980-APN-DNRYDSE#MEC) que integra esta resolución, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.ARTÍCULO 2°.- Establécese que las empresas distribuidoras o los Prestadores Adicionales de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) que se encuentran indicados en el mencionado Anexo deberán seguir prestando a los respectivos nuevos agentes la Función Técnica de Transporte (FTT) que les efectuaban a los anteriores titulares.ARTÍCULO 3°.- Instrúyese al Organismo Encargado del Despacho (OED) a informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en el presente acto.ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a los nuevos agentes, a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a las respectivas empresas prestadoras de la FTT y al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y LA ELECTRICIDAD (ENRGE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.María Carmen TettamantiNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 14/10/2026 N° 75795/26 v. 14/10/2026 Fecha de publicación 14/10/2026   Anexo - 1