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COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Comisión Arbitral ratifica entrada en vigencia del Registro Único Tributario

Comisión Arbitral ratifica entrada en vigencia del Registro Único Tributario

El aviso establece la aplicación del nuevo sistema tributario a partir de agosto de 2026

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345977/20260818Revisá la fuente original antes de tomar decisiones basadas en este artículo.

La Comisión Arbitral ratificó la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan bajo el régimen del Convenio Multilateral. El acto fue publicado el 18 de agosto de 2026 en el Boletín Oficial.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El 27 de julio de 2026, la misma Comisión Arbitral definió nuevas fechas de entrada en vigencia para el Registro Único Tributario.
  • Según las estadísticas, el organismo emitió 3 actos en los últimos 30 días, lo que indica actividad continua en materia tributaria.
Criterio editorial

Por qué importa

El aviso afecta a múltiples contribuyentes que operan bajo el Convenio Multilateral, lo que le da trascendencia media debido a su impacto sectorial y a la necesidad de adaptación institucional.

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Documento base

Texto original

Resolución General 9/2026

COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77 Resolución General 9/Ciudad de Buenos Aires, 12/08/2026VISTO Y CONSIDERANDO:Que a través de la Disposición de Presidencia N° 9/2026 de fecha 24 de julio de 2026, se estableció la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir del 1° de agosto del 2026.Por ello,LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Ratifíquese la Disposición de Presidencia de la Comisión Arbitral Nº 9/2026, que se anexa y forma parte de la presente resolución.ARTÍCULO 2º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la República Argentina e inclúyase (conforme lo establecido en la Resolución General N° 3/2026) en la edición electrónica del ORDENAMIENTO JURÍDICO DE LAS NORMAS DE LA COMISIÓN ARBITRAL, alojado en el sitio web de la COMARB: www.ca.gob.ar, en el Título IV Resoluciones Generales, Subtítulo b) Sistemas Informáticos, Acápite Registro Único Tributario-Padrón Federal; notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.Fernando Mauricio Biale - Luis María CapellanoNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 18/08/2026 N° 57315/26 v. 18/08/2026 Fecha de publicación 18/08/2026   Anexo - 1