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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Enacom inscribe a empresa en registro de telecomunicaciones

Enacom inscribe a empresa en registro de telecomunicaciones

Resolución Sintetizada 709/2026 registra a UBI Networking como operador virtual

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345902/20260813

ENACOM inscribió a UBI Networking S.A. en el Registro de Servicios TIC, permitiéndole operar en el sector de telecomunicaciones bajo condiciones específicas definidas por el ente regulador.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • ENACOM ha emitido 5 actos similares (inscripciones/licencias) en los últimos 3 días
  • En los últimos 30 días, el organismo realizó 162 actos y 58 corresponden al tipo 'otro'
Criterio editorial

Por qué importa

La resolución afecta a una empresa específica del sector de telecomunicaciones y refuerza el rol de ENACOM en la regulación del uso del espectro radioeléctrico y la gestión de permisos técnicos.

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Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 709/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 709/RESOL-2026-709-APN-ENACOM#JGM FECHA 07/08/2026EX-2019-95447015- -APN-SDYME#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- INSCRIBIR a la firma UBI NETWORKING S.A. en el Registro de Servicios TIC, aprobado en el Anexo I de la Resolución N° 697, del 28 de diciembre de 2017, los servicios de Reventa de Servicios de Telecomunicaciones, Transmisión de Datos, Radiodifusión por Suscripción, y Operador Móvil Virtual (OMV) con Infraestructura. 2.- Establecer que el presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, ni la disponibilidad de recursos de numeración y/o señalización para la prestación del servicio, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de los mismos, tramitarse ante este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIOINES (ENACOM), de conformidad con los términos y condiciones, estipulados en el Reglamento sobre Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico vigente, y en la demás normativa aplicable. 3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.Sergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 13/08/2026 N° 56439/26 v. 13/08/2026 Fecha de publicación 13/08/2026