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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM cancela licencias de una empresa en telecomunicaciones

ENACOM cancela licencias de una empresa en telecomunicaciones

La firma Sistemas Electrónicos y Comunicaciones pierde autorizaciones clave

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347907/20260924

El ENACOM canceló las licencias de una empresa en telecomunicaciones, lo que le impide seguir operando en ciertos servicios. Esta medida refleja el control estatal sobre el sector y puede afectar a usuarios y competidores.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El ENACOM canceló otra licencia de servicio digital el 14 de septiembre de 2026 (ID 347383), bajo el mismo tipo de acto ('rechazo') y organismo.
  • En los últimos 30 días, el ENACOM emitió 115 actos, de los cuales 2 fueron de tipo 'rechazo' y 22 correspondieron a designaciones.
Criterio editorial

Por qué importa

La trascendencia es media, ya que afecta a una empresa específica en el sector de telecomunicaciones, pero no tiene impacto generalizado en la población.

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Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 925/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 925/RESOL-2026-925-APN-ENACOM#JGM FECHA 22/09/2026EX-2025-103393253-APN-REYS#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Tener por Cancelada la licencia y registros de Servicio de Valor Agregado, Servicio de Transmisión de Datos, Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces, Servicio de Repetidor comunitario, Servicio de Alarma por Vínculo Radioeléctrico, y Servicio de Aviso a Personas otorgados a la firma SISTEMAS ELECTRONICOS Y COMUNICACIONES SRL conforme Resoluciones N°1407 de fecha 22 de septiembre de 1999 y N°10 de fecha 12 de marzo de 2015 ambas dictadas por la ex Secretaría de Comunicaciones. 2.- La medida adoptada en el Artículo 1° tendrá vigencia a partir del 17 de septiembre de 2025. 3.- Instruir a las dependencias competentes de este ENACOM a asentar la cancelación dispuesta en el Artículo 1° del presente acto en los registros pertinentes. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. - Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativasSergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 24/09/2026 N° 69732/26 v. 24/09/2026 Fecha de publicación 24/09/2026