Se dictó una resolución que declara ilegal el servicio de comunicación audiovisual denominado 'FM del Altísimo', operando en frecuencia 103.9 MHz en Santiago del Estero, por incumplimiento de normas legales. El fallo se basa en el artículo 116 de la Ley 26.522 y corresponde al marco institucional del ENACOM como organismo regulador de las telecomunicaciones en Argentina.
Publicidad
Próximamente
Por qué importa
El aviso no afecta a personas físicas ni implica decisiones de política pública amplia; es una medida regulatoria puntual sobre un servicio de radiodifusión no autorizado.