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MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

Gobierno otorga bonificación única a personal de seguridad

Gobierno otorga bonificación única a personal de seguridad

50.000 pesos para funcionarios de fuerzas federales en agosto de 2026

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345311/20260803

El gobierno otorga un pago único a personal de seguridad, lo que afecta a empleados de varias dependencias del Ministerio de Seguridad Nacional.

El Ministerio de Seguridad Nacional coordina a diversas fuerzas de seguridad, cuyas normativas y reglamentos son definidos por leyes específicas. Los decretos que modifican su régimen salarial suelen estar vinculados a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto.

El aviso afecta a personal activo de gendarmería, policía federal, prefectoría naval, seguridad aeroportuaria, penitenciario y inteligencia criminal del Ministerio de Seguridad Nacional.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El Ministerio de Seguridad Nacional emitió 26 actos oficiales en los últimos 30 días, todos bajo su órbita.
  • No se registraron subsidios ni bonificaciones previas en ese período; los actos predominantes fueron designaciones y medidas regulatorias de seguridad pública.
Criterio editorial

Por qué importa

El decreto afecta a empleados de varias dependencias del Ministerio de Seguridad Nacional, aunque no se especifica el número total de beneficiarios.

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Documento base

Texto original

Decreto 696/2026

MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL Decreto 696/2026 DECTO-2026-696-APN-PTE - OtóCiudad de Buenos Aires, 31/07/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-63619535-APN-SCA#MSG, la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672 (t.o. 2014) y sus modificatorias, la Ley General de la Prefectura Naval Argentina N° 18.398 y sus modificaciones, la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina N° 21.965 y sus modificaciones, la Ley de Seguridad Aeroportuaria N° 26.102 y sus modificaciones y los Decretos Nros. 1866 del 26 de julio de 1983 y sus modificatorios, 836 del 19 de mayo de 2008 y sus modificatorios, 454 del 7 de julio del 2025 y 455 del 7 de julio de 2025, yCONSIDERANDO:Que con el propósito de reconocer y mantener una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación para la correcta ejecución de las actividades encomendadas a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, el Gobierno Nacional considera necesaria la implementación de medidas concretas.Que, en tal sentido, resulta procedente otorgar al personal con estado militar de gendarme y al comprendido en la categoría de personal de alumnos en actividad de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, al personal con estado policial en actividad de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, al personal en actividad de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, al personal con estado policial en actividad y al comprendido en la categoría de personal de alumnos de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, al personal con estado penitenciario en actividad y al comprendido en la categoría de personal de alumnos del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y al personal en actividad de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL una suma fija remunerativa y no bonificable, excepcional, por única vez, de percepción única por persona, de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000), a abonarse con los haberes correspondientes al mes de agosto del año 2026.Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO ha tomado la intervención que le corresponde.Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.Por ello,EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:ARTÍCULO 1°.- Otórgase al personal con estado militar de gendarme en actividad y al comprendido en la categoría de personal de alumnos de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, al personal con estado policial en actividad de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, al personal en actividad de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, al personal con estado policial en actividad y al comprendido en la categoría de personal de alumnos de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, al personal con estado penitenciario en actividad y al comprendido en la categoría de personal de alumnos del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y al personal en actividad de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL una suma fija remunerativa y no bonificable, excepcional, por única vez, de percepción única por persona, de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000), a abonarse con los haberes correspondientes al mes de agosto del año 2026.ARTÍCULO 2º.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO a dictar las normas aclaratorias y complementarias que resultaren pertinentes para la aplicación de la presente medida.ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con los créditos que se asignen a la Jurisdicción respectiva del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional.ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.MILEI - Diego César Santilli - Alejandra Susana Monteolivae. 03/08/2026 N° 53652/26 v. 03/08/2026 Fecha de publicación 03/08/2026

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