✓ Verificado automáticamente contra la fuente oficialCómo verificamos →
media trascendenciaprimeradesignacion

MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

Ministerio de Seguridad designa nuevo responsable

Ministerio de Seguridad designa nuevo responsable

Nueva figura en la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347587/20260917

El Ministerio de Seguridad Nacional designó a un nuevo funcionario con responsabilidades en la lucha contra el tráfico de drogas y el crimen organizado, según la Resolución 941/2026.

Publicidad

Próximamente

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El Ministerio de Seguridad Nacional realizó 13 designaciones en septiembre de 2026, según las estadísticas disponibles.
  • Entre el 10 y el 16 de septiembre se publicaron 5 designaciones consecutivas del mismo organismo, todas con fechas posteriores a la del 10/09 y anteriores a la del 17/09.
Criterio editorial

Por qué importa

La designación afecta la estructura operativa del Ministerio de Seguridad Nacional y su capacidad para coordinar acciones contra el narcotráfico y el crimen organizado, temas de relevancia nacional.

Claves de lectura

Entidades y temas

Seguir leyendo

Lo que sigue moviendo el tablero oficial

2 piezas
Mismo organismo

Seguí la agenda de MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

3 avisos
Mismo tipo de acto

Otras decisiones bajo designacion

3 avisos
Correcciones

Reportar un problema

Publicidad

Próximamente

Documento base

Texto original

Resolución 941/2026

MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL Resolución 941/Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-72664319- -APN-SSLCN#MSG, las Leyes Nros. 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, 24.059 y sus modificatorias, 24.072 y 25.632 y sus modificatorias; el Decreto N° 50 del 20 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL Nros. 307 del 30 de abril de 2024 y 1038 del 28 agosto del 2025, yCONSIDERANDO:Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias establece, en el apartado 3° del artículo 22 bis, que compete al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL asistir al Presidente de la Nación en todo lo concerniente a la seguridad interior, ejerciendo la dirección y coordinación de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, y articulando con las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Que conforme la Ley de Seguridad Interior N° 24.059 y sus modificatorias, este MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL ejerce la conducción política del esfuerzo nacional de policía, resultando necesario coordinar estrategias frente a fenómenos criminales que, por su magnitud, complejidad y carácter transnacional, exceden las capacidades de actuación aislada de las jurisdicciones locales.Que mediante las Leyes Nros. 24.072 y 25.632 y sus modificatorias, la REPÚBLICA ARGENTINA ha incorporado a su marco normativo la CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICAS y la CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL, respectivamente, asumiendo el compromiso de adoptar medidas eficaces para prevenir y combatir la criminalidad organizada, fortalecer la cooperación internacional y proteger las vías de comunicación y los flujos lícitos frente al tráfico ilícito.Que el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios asignói a la SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA los objetivos de: 1. Intervenir en la elaboración de políticas nacionales y en la planificación de estrategias contra la producción, el tráfico y la comercialización de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, y para el control de los precursores y sustancias químicas utilizables en la producción de drogas ilícitas; y 4. Coordinar el esfuerzo de las áreas competentes en materia de lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado de la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y la Prefectura Naval Argentina; entre otros.Que en el instrumento normativo citado se establecieron como objetivos de la SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO la de: “Asistir a la secretaría en materia de elaboración de políticas nacionales y planificación de estrategias contra la producción, el tráfico y la comercialización de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y en el control de los precursores y sustancias químicas utilizables en la producción de drogas ilícitas”; “Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en su participación ante organismos internacionales especializados en materia de lucha contra el narcotráfico, el terrorismo y el crimen organizado.” y “Participar en la elaboración de políticas nacionales y planificación de estrategias de investigación y persecución del delito de narcotráfico en sus fases de: producción, tráfico y comercialización de estupefacientes y sustancias psicotrópicas”.Que en función de las facultades precedentemente expuestas fue creado mediante Resolución del entonces MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 307/24 la Red Federal de Laboratorios Antidrogas en el ámbito de la SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA, bajo los lineamientos estratégicos establecidos y coordinados por LA SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO.Que la mencionada Red tiene como objetivo primordial fomentar la cooperación entre los laboratorios que la integren para facilitar el intercambio de información, experiencias y conocimientos relevante en investigaciones relacionadas con el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos.Que a través de la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° 1038/25 se creó el Centro Regional de Información para la Lucha contra las Drogas, con Énfasis en Drogas Sintéticas y Nuevas Sustancias Psicoactivas –en adelante el “Centro Regional”-, con el objetivo de identificar tempranamente tendencias y patrones relacionados con el tráfico ilícito de drogas, especialmente de drogas sintéticas y nuevas sustancias psicoactivas, así como el desvío de precursores químicos a nivel regional; y de aportar insumos para el diseño de estrategias y políticas orientadas a brindar una respuesta efectiva a tales problemas.Que la OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO (ONUDD) se encuentra implementando el Programa para la consolidación y expansión del ¨Centro Regional¨. Esta iniciativa de cooperación internacional tiene, como objetivo general, fortalecer las capacidades de los integrantes del ¨Centro Regional¨ para producir y compartir información criminal estratégica, desarrollar acciones de capacitación y asistencia técnica, y promover mecanismos de cooperación interinstitucional e internacional, a fin de contribuir a una respuesta más coordinada, basada en evidencia y orientada a la identificación, investigación, persecución penal, desfinanciamiento y desarticulación de organizaciones criminales transnacionales vinculadas al narcotráfico, la narcocriminalidad y otros delitos graves conexos.Que la estandarización del registro fotográfico de evidencia y la construcción de un sistema de análisis criminal basado en imágenes se inscribe directamente en dicho objetivo, al dotar a las fuerzas de seguridad y policiales federales de una herramienta concreta para la identificación y comparación sistemática e inteligente de estupefacientes incautados, en consonancia con las mejores prácticas promovidas por los organismos internacionales competentes en la materia.Que, asimismo, la elaboración de la presente resolución y de los estándares técnicos que la integran contó con la asistencia técnica de expertos del citado Programa de ONUDD, cuya contribución ha enriquecido tanto el diseño del instructivo de campo como los criterios de estandarización adoptados.Que el Centro Regional se constituye como un nodo técnico central para la sistematización y análisis de información vinculada al fenómeno narcocriminal, facilitando la articulación interinstitucional, el intercambio de información estratégica y la provisión de insumos objetivos para orientar la toma de decisiones y el despliegue territorial de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.Que en el marco de la Red Federal de Laboratorios Antidrogas y con la cooperación técnica del Centro Regional de Información para la Lucha contra las Drogas, con Énfasis en Drogas Sintéticas y Nuevas Sustancias Psicoactivas se trabajó una propuesta de un Protocolo Nacional que establece lineamientos y directrices para el análisis toxicológico-forense de muestras biológicas.Que, en la actualidad, los laboratorios forenses presentan diferencias en cuanto a infraestructura, equipamiento instrumental, metodologías analíticas, criterios de interpretación, requisitos documentales y sistemas de gestión y aseguramiento de la calidad.Que esta heterogeneidad puede generar variaciones en la calidad técnica de las pericias, dificultar la comparabilidad de los resultados obtenidos por distintos laboratorios y afectar la uniformidad de los criterios periciales aplicados en las investigaciones judiciales desarrolladas en las distintas jurisdicciones del país. En consecuencia, resulta necesario promover la armonización de estándares mínimos de actuación que fortalezcan la confiabilidad, trazabilidad y validez científica de los análisis toxicológico-forenses, sin menoscabar la autonomía técnica y organizativa de cada laboratorio.Que otro aspecto que fundamenta la implementación del protocolo es la necesidad de fortalecer la trazabilidad de las muestras biológicas y garantizar la adecuada preservación de la cadena de custodia. A tal fin, resulta indispensable que todas las etapas, desde la recepción de la muestra hasta su disposición final, se desarrollen conforme a procedimientos documentados que aseguren su identidad, integridad y conservación. La incorporación de criterios mínimos en esta materia fortalece la confiabilidad de las pericias, la seguridad jurídica y la adecuada gestión de la evidencia.Que, por ello, la presente guía tiene por objeto establecer lineamientos y directrices técnicas mínimas para el análisis toxicológico-forense de muestras biológicas en el marco de investigaciones judiciales.Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado de la presente medida en virtud de lo prescripto en los artículos 4º, inciso b), apartado 9, y 22 bis de la Ley N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.Por ello,LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONALRESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Apruébese el “Protocolo Nacional: Lineamientos y Directrices para el Análisis Toxicológico-Forense de Muestras Biológicas” que como Anexo (IF-2026-88640879-APN-SSLCN#MSG) forma parte integrante de la presente resolución.ARTÍCULO 2°.- La presente medida no implica erogación presupuestaria alguna.ARTÍCULO 3°.- Esta norma entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Alejandra Susana MonteolivaNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 17/09/2026 N° 67610/26 v. 17/09/2026 Fecha de publicación 17/09/2026   Anexo - 1