La Resolución Conjunta 2/2026 incorpora dos compuestos —Copolímero de metacrilato básico (INS 1205) y Copolímero de metacrilato aniónico (INS 1207)— al Código Alimentario Argentino, tras solicitud de Evonik Argentina S.A. Su uso está autorizado únicamente como película para recubrimiento o glaseante en suplementos dietarios sólidos en comprimidos, cápsulas o tabletas (excepto masticables), con un límite de 10 g/100 g, y queda prohibido en productos destinados a lactantes y niños de corta edad. La decisión se fundamenta en dictámenes científicos de la EFSA, la monografía del JECFA y referencias normativas de la Unión Europea y Brasil.
El aviso no informa antecedentes históricos, creación de organismos ni evolución institucional. Solo cita los Decretos Nros. 815/1999 (modificado por 538/2025) y 50/2019 como base normativa de las facultades ejercidas.
La resolución afecta a fabricantes y comercializadores de suplementos dietarios que deseen utilizar estos compuestos, bajo los usos y restricciones establecidos. Evonik Argentina S.A. figura como solicitante del trámite.
Por qué importa
Tiene trascendencia alta porque modifica el Código Alimentario Argentino mediante la incorporación formal de dos ingredientes con usos específicos, límites cuantitativos y prohibiciones explícitas, afectando directamente la formulación y comercialización de suplementos dietarios en el país.
