✓ Verificado automáticamente contra la fuente oficialCómo verificamos →
media trascendenciaprimeraconvenio-laboral

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Homologan convenio salarial en el sector público

Homologan convenio salarial en el sector público

Ministerio de Capital Humano registra acuerdo entre sindicato y empresa

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348005/20260925

El Ministerio de Capital Humano registró un nuevo convenio salarial entre un sindicato y una empresa, lo que otorga validez legal a las condiciones pactadas y afecta a los trabajadores de esa organización.

Publicidad

Próximamente

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • En los ultimos 120 dias se detectaron 27 avisos vinculados con homologacion o registro de acuerdos laborales.
  • La mayor concentracion aparece en MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO (27).
  • Los sectores mas repetidos son comercio y servicios (15), industria textil (7), ferroviario (3).
Serie laboral

Acuerdos homologados recientes

En los ultimos 120 dias se detectaron 27 avisos vinculados con homologacion o registro de acuerdos laborales.

Organos mas activos
  • MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO27
Ramas inferidas
  • comercio y servicios15
  • industria textil7
  • ferroviario3
  • gastronomia y hoteleria1
  • La mayor concentracion aparece en MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO (27).
  • Los sectores mas repetidos son comercio y servicios (15), industria textil (7), ferroviario (3).
  • La inferencia se basa en titulos, organismos y texto oficial disponible; no reemplaza la lectura del acuerdo homologado completo.
Criterio editorial

Por qué importa

La homologación de un convenio colectivo afecta directamente a los trabajadores de una empresa y refleja la intervención estatal en la regulación de relaciones laborales.

Claves de lectura

Entidades y temas

Seguir leyendo

Lo que sigue moviendo el tablero oficial

2 piezas
Mismo organismo

Seguí la agenda de MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

3 avisos
Mismo tipo de acto

Otras decisiones bajo convenio-laboral

3 avisos
Correcciones

Reportar un problema

Publicidad

Próximamente

Documento base

Texto original

Disposición 508/2026

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 508/Ciudad de Buenos Aires, 17/04/2026VISTO el Expediente N° EX-2025-93417258- -APN-DGDTEYSS#MCH, las Leyes Nros. 14.250 (t.o. 2004), 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2004), y el Decreto N° 200 de fecha 16 de febrero de 1988 y sus modificatorias, yCONSIDERANDO:Que en el documento N° RE-2025-93416977-APN-DGDTEYSS#MCH del Expediente N° EX-2025-93417258- -APN-DGDTEYSS#MCH obra el acuerdo y escalas salariales celebrados entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (APJAE), por la parte sindical, y la EMPRESA DISTRIBUIDORA SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).Que en el mentado acuerdo los agentes negociadores establecen nuevas condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1492/15 “E”, de conformidad con las condiciones y términos allí establecidos.Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la correspondencia entre la actividad de la empresa firmante y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).Que la Asesoría Técnico Legal de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO tomó la intervención que le compete.Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de registración, de conformidad con los antecedentes mencionados.Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°14.250 (t.o. 2004), el Artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorias y el DECTO-2024-862-APN-PTE.Por ello,LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:ARTICULO 1º.- Procédase al registro del acuerdo y escalas salariales obrantes en el documento Nº RE-2025-93416977-APN-DGDTEYSS#MCH del Expediente N° EX-2025-93417258- -APN-DGDTEYSS#MCH celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (APJAE), por la parte sindical, y la EMPRESA DISTRIBUIDORA SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para su registro. Cumplido, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO a fin de proceder al registro del instrumento identificado en el Artículo 1° de la presente Disposición.ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente expediente conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1492/15 “E”.ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no efectúe la publicación de carácter gratuita del instrumento registrado y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.Mara Agata MentoroNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 25/09/2026 N° 69871/26 v. 25/09/2026 Fecha de publicación 25/09/2026   Anexo - 1