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Promulgada la Ley N° 27.819 con nuevos marcos normativos

Promulgada la Ley N° 27.819 con nuevos marcos normativos

La ley fue sancionada el 26 de agosto y promulgada el 15 de septiembre.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347428/20260915Revisá la fuente original antes de tomar decisiones basadas en este artículo.

La ley N° 27.819 fue sancionada y ahora tiene fuerza legal tras su promulgación. El aviso no incluye el contenido ni el alcance de la ley, por lo que no se puede determinar qué organismos o sectores serán afectados.

La Dirección Nacional del Registro Oficial es responsable de dar publicidad oficial a las normas argentinas. La promulgación de leyes es un trámite habitual en el funcionamiento del Estado, aunque su contenido puede tener implicancias significativas.

El aviso no incluye el contenido ni el alcance de la ley, por lo que no se puede determinar qué organismos o sectores serán afectados.

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La ley tiene trascendencia alta porque su promulgación implica que ya está en vigor y debe ser aplicada por las instituciones públicas, con potencial impacto en múltiples áreas del Estado.

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Decreto 1010/2026

Decreto 1010/2026 DECTO-2026-1010-APN-PTE - Promúlgase la Ley N°Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2026En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.819 (IF-2026-84153224-APN-DSGA#SLYT) con Anexos (IF-2026-84154296-APN-DSGA#SLYT), (IF-2026-84154441-APN-DSGA#SLYT), (IF-2026-84154592-APN-DSGA#SLYT), (IF-2026-84154793-APN-DSGA#SLYT), (IF-2026-84155001-APN-DSGA#SLYT), (IF-2026-84155221-APN-DSGA#SLYT), (IF-2026-84155349-APN-DSGA#SLYT) e (IF-2026-84155444-APN-DSGA#SLYT), sancionada por el H. CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 26 de agosto de 2026.Dese para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al H. CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. Cumplido, archívese.MILEI - Diego César Santilli - Pablo Quirno Magranee. 15/09/2026 N° 66913/26 v. 15/09/2026 Fecha de publicación 15/09/2026

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