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AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Autoridad Nuclear homologa renovación de personal en instalaciones nucleares

Autoridad Nuclear homologa renovación de personal en instalaciones nucleares

CNEA obtiene autorización para personal en instalaciones Clase I, con pago de tasa atrasada

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347278/20260911

La Autoridad Regulatoria Nuclear autorizó la renovación de la autorización para personal en instalaciones nucleares, pese a que la CNEA adeudaba una tasa regulatoria. La decisión refleja un equilibrio entre cumplimiento normativo y necesidades operativas.

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Por qué importa

La resolución afecta directamente a la operación de instalaciones nucleares, lo cual tiene implicancias en la seguridad, la regulación y la gestión de recursos humanos en el sector energético.

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Resolución 278/2026

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR Resolución 278/Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2026VISTO los Expedientes Electrónicos en que tramitan las solicitudes de Licenciamiento de Personal que integran el Acta CALPIR N° 5/26, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 0.11.1 “Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase I”, Revisión 3, las Resoluciones del Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 452/19 y N° 755/23, yCONSIDERANDO:Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley, en su Artículo 16, Inciso c), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.Que la persona individualizada en el listado que se incluye como Anexo a la presente Resolución y la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), en su carácter de Entidad Responsable, solicitaron a esta ARN la Renovación de Autorización Específica para el personal que se desempeña en Instalaciones Clase I.Que la GERENCIA DE LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS ha verificado que la formación y la capacitación del solicitante, comprendido en el Anexo de la presente Resolución, se ajusta a los requerimientos establecidos en la Norma AR 0.11.1 para el personal que se desempeña en Instalaciones Clase I, como así también que se haya dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos para la tramitación de la solicitud mencionada.Que, conforme se establece en la Resolución del Directorio de la ARN N° 755/23, el CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE I (RELEVANTES) Y CLASE II Y III (NO RELEVANTES) DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR (CALPIR) ha tomado intervención emitiendo el Acta N° 5/26.Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece que los licenciatarios titulares de una Autorización o Permiso, o personas jurídicas cuyas actividades están sujetas a la fiscalización de la autoridad abonarán, anualmente y por adelantado, una tasa regulatoria a ser aprobada a través del presupuesto general de la Nación.Que, de acuerdo a los registros de la GERENCIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la ARN, la CNEA adeuda el pago de la tasa regulatoria previsto en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 respecto de la tramitación referenciada en el ANEXO a la presente Resolución. Sin perjuicio de ello, por razones de interés público y, conforme lo establecido en la Resolución ARN N° 452/19, se dará curso favorable a la respectiva tramitación, autorizando a que dicho pago se efectúe con posterioridad.Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso a), de la Ley N° 24.804.Por ello, en su reunión de fecha 19 de junio de 2026 (Acta N° 12),EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEARRESOLVIÓ:ARTÍCULO 1°.- Otorgar la Renovación de la Autorización Específica de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA que se lista como Anexo a la presente Resolución, en excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, aplicándose los intereses punitorios indicados en dicho Artículo.ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la GERENCIA EJECUTIVA, a la GERENCIA DE LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS y a la GERENCIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA. Notifíquese a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA y al solicitante comprendido en el Anexo de la presente Resolución. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.E/E Carlos TerradoNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.e. 11/09/2026 N° 65611/26 v. 11/09/2026 Fecha de publicación 11/09/2026