✓ Verificado automáticamente contra la fuente oficialCómo verificamos →
baja trascendenciaprimeraotro

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - DIRECCIÓN ADUANA DE BUENOS AIRES

Aduana de Buenos Aires comunica sobre mercaderías en situación irregular

Aduana de Buenos Aires comunica sobre mercaderías en situación irregular

Personas que acrediten derecho podrán solicitar destinación autorizada de mercaderías dentro de 30 días

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/346359/20260825

La Dirección Aduana de Buenos Aires informa sobre un proceso para la gestión de mercaderías en situación irregular, según lo establece la Ley 25603. El aviso detalla el plazo y los pasos a seguir para solicitar una destinación autorizada.

Publicidad

Próximamente

Criterio editorial

Por qué importa

Acto administrativo específico con impacto limitado a un grupo reducido de actores aduaneros

Claves de lectura

Entidades y temas

Seguir leyendo

Lo que sigue moviendo el tablero oficial

2 piezas
Mismo organismo

Seguí la agenda de AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - DIRECCIÓN ADUANA DE BUENOS AIRES

3 avisos
Mismo tipo de acto

Otras decisiones bajo otro

3 avisos
Correcciones

Reportar un problema

Publicidad

Próximamente

Documento base

Texto original

Aviso Oficial

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - DIRECCIÓLa DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías que se detallan en el Anexo IF-2026-02587644-ARCA-DIABSA#SDGOAM que forma parte integrante del presente, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to. y 5to. de la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sección Gestión de Rezagos (SE GSRE), dependiente de la Dirección Aduana de Buenos Aires, sita en Av. Hipólito Yrigoyen 440 5°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Eduardo Daniel Gomez, Director.NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 25/08/2026 N° 59393/26 v. 25/08/2026 Fecha de publicación 25/08/2026   Anexo - 1