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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - DIRECCIÓN ADUANA DE BUENOS AIRES

ARCA aprueba venta de mercadería en subasta aduanera

ARCA aprueba venta de mercadería en subasta aduanera

Venta del lote N°1 aprobada por la Dirección Aduana de Buenos Aires

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345325/20260803

La Dirección Aduana de Buenos Aires aprobó la venta de un lote de mercadería retenida mediante una subasta electrónica, siguiendo normativas aduaneras vigentes. Este acto formaliza el cierre de un trámite administrativo y permite la recuperación de recursos.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • ARCA emitió 3 actos del tipo 'otro' en los últimos 30 días, incluyendo medidas sobre suspensión de ejecuciones fiscales y habilitación de depósitos fiscales
  • La Dirección Aduana de Buenos Aires forma parte de ARCA, cuya actividad reciente refleja una intensa gestión operativa y administrativa en materia aduanera
Criterio editorial

Por qué importa

La medida afecta a los participantes en la subasta y a la gestión de bienes retenidos, según lo establecido en el aviso.

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Texto original

Disposición 413/2026

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO DIRECCIÓN ADUANA DE BUENOS AIRES Disposición 413/Ciudad de Buenos Aires, 30/07/2026VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2026-01750179- -ARCA-SGRZDIABSA#SDGOAM, lo establecido en el Código Aduanero Ley N° 22.415, la Ley N° 25.603, y la Disposición N° DI-2026-339-E-ARCA-DIABSA#SDGOAM, yCONSIDERANDO:Que, mediante la Disposición citada en el VISTO, se ordenó la venta de la mercadería identificada con el manifiesto de rezago N° 17001MARE004663V, la cual se encuentra ingresada en la Sección Terminal SUD ubicada en Alberti N° 1780 de la localidad de Avellaneda Provincia de Buenos Aires.Que, en los términos del Convenio N° 12/2015 (AFIP) y de la adenda firmada entre la Agencia de Recaudación y Control Aduanero y el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, se impulsó la comercialización bajo la modalidad electrónica.Que, el día 16 de julio de 2026 se realizó la pública subasta de tal mercadería, de acuerdo al valor base y con las observaciones que se indican en la disposición citada en el visto.Que la misma fue realizada por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, por cuenta, orden y en nombre de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, con base y resultado sujeto a la aprobación de la misma; y fue identificada por la entidad bancaria con el N° 3908.Que, como resultado de dicho proceso, el Banco informa que se ha vendido el lote N° 1 conforme lo detallado en el Anexo N° IF-2026-02350755-ARCA-SGRZDIABSA#SDGOAM.Que ha tomado intervención la División Coordinación de Secuestros y Rezagos dependiente del Departamento Coordinación Estratégica Aduanera de la Dirección de Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera (DGA) y la Sección Gestión de Rezagos (DI ABSA).Que, no mediando otras observaciones a realizar, corresponde aprobar lo actuado.Que el presente acto administrativo se dicta en el marco de los Decretos N° 618/97, N° 953/24 y N° DECTO-2025-13-APN-PTE, la Disposición N° DI-2025-62-E-AFIP-ARCA y sus complementarias y modificatorias, y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 22.415 sus complementarias y modificatorias, la Ley N° 25.603, y la Disposición N° DI-2026-62-E-ARCA-ARCA.Por ello,EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN ADUANA DE BUENOS AIRESDISPONE:ARTÍCULO 1º.- Aprobar la venta del lote N°1 comercializado en pública subasta en la plataforma electrónica del Banco de la Ciudad de Buenos Aires del día 16 de julio de 2026, de acuerdo a la nómina incluida en el Anexo N° IF-2026-02350755-ARCA-SGRZDIABSA#SDGOAM, que forma parte integrante de la presente.ARTÍCULO 2.- Autorizar al comprador al retiro de las mercaderías subastadas, a su cuenta y cargo, luego que los mismos hayan abonado los saldos pendientes y los impuestos correspondientes en su caso. Todo de conformidad a las cláusulas del convenio y las generales de venta suscripta con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires.ARTÍCULO 3°.- Comunicar a la División Coordinación de Secuestros y Rezagos (DE CEAD). Hecho, remitir a la Sección Gestión de Rezagos (DI ABSA) para continuar el trámite.ARTÍCULO 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la República Argentina por el plazo de UN (1) día.ARTÍCULO 5°.- Cumplido, archivar.Eduardo Daniel GomezNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 03/08/2026 N° 53345/26 v. 03/08/2026 Fecha de publicación 03/08/2026   Anexo - 1