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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - DIRECCIÓN ADUANA DE BUENOS AIRES

Importadores tienen 30 días para solicitar destinación de mercaderías

Importadores tienen 30 días para solicitar destinación de mercaderías

La Dirección Aduana de Buenos Aires notifica a importadores sobre plazo para regularizar mercancías

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345114/20260729Revisá la fuente original antes de tomar decisiones basadas en este artículo.

La Dirección Aduana de Buenos Aires notificó a quienes acrediten su derecho a disponer de mercaderías en situación de rezago, con posibilidad de solicitar una destinación autorizada dentro de un plazo de 30 días.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • La Agencia emitió otro acto aduanero relevante el 23/07/2026 (ID 344834), abrogando normativas antiguas.
  • En los últimos 30 días, hubo 2 actos del mismo organismo y 2 del mismo tipo ('otro')
Criterio editorial

Por qué importa

El aviso afecta directamente a quienes acrediten su derecho a disponer de mercaderías en situación de rezago, con implicancias legales y operativas.

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Documento base

Texto original

Aviso Oficial

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - DIRECCIÓEDICTOLa DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías que se detallan en el Anexo IF-2026-02226002-ARCA-DIABSA#SDGOAM que forma parte integrante del presente, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to. y 5to. de la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sección Gestión de Rezagos (SE GSRE), dependiente de la Dirección Aduana de Buenos Aires, sita en Av. Hipólito Yrigoyen 440 5°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Eduardo Daniel Gomez, Director.NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 29/07/2026 N° 52426/26 v. 29/07/2026 Fecha de publicación 29/07/2026   Anexo - 1