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MINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE ENERGÍA

Cambio de titularidad en parques solares de Catamarca

Cambio de titularidad en parques solares de Catamarca

ALTOS DE TINOGASTA S.A. se habilita como nuevo agente en el mercado eléctrico

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345076/20260729

La resolución autoriza a una nueva empresa a operar en el mercado eléctrico como generadora distribuida, manteniendo los mismos derechos y obligaciones que sus antecesores.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • La Secretaría de Energía emitió 20 actos del mismo organismo y 19 del mismo tipo ('otro') en los últimos 30 días.
  • No hay antecedentes previos sobre cambios de titularidad en parques solares ni sobre las empresas mencionadas (ALTOS DE TINOGASTA S.A., BINGO KING S.A., BINGO ADROGUÉ S.A.) en los registros disponibles.
Criterio editorial

Por qué importa

El acto afecta directamente a la operación del mercado eléctrico y a la continuidad de proyectos de energía renovable en Catamarca.

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Texto original

Resolución 182/2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA Resolución 182/Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-34206652- -APN-DGDA#MEC, y los Expedientes Nros. EX-2026-40273104- -APN-DGDA#MEC, EX-2026-42839066- -APN-DGDA#MEC, EX-2026-45916009- -APN-DGDA#MEC, EX-2026-62217875- -APN-DGDA#MEC y EX-2026-62206995- -APN-DGDA#MEC en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, yCONSIDERANDO:Que la firma ALTOS DE TINOGASTA SOCIEDAD ANÓNIMA (ALTOS DE TINOGASTA S.A.) comunicó haber asumido la titularidad de los Parques Solares Fotovoltaicos “Altos de Tinogasta II” y “Altos de Tinogasta III”, ubicados en Ruta Nacional 60, km 1331, de la Localidad de Tinogasta, Provincia de CATAMARCA.Que las firmas BINGO KING S.A. Y BINGO ADROGUÉ S.A., en su calidad de anteriores titulares de los Parques Solares Fotovoltaicos Altos de Tinogasta II y Altos de Tinogasta III, respectivamente, se encontraban incorporadas al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agentes Autogeneradores Distribuidos, solicitando la firma ALTOS DE TINOGASTA S.A. su habilitación para seguir actuando en el mismo carácter y bajo las mismas condiciones que aquéllos.Que, mediante la Resolución N° 27 de fecha 13 de enero de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se otorgó a la firma BINGO KING S.A. la autorización para su ingreso al MEM en calidad de Agente Autogenerador Distribuido, respecto de su Parque Solar Fotovoltaico Altos de Tinogasta II, con una potencia instalada de CERO COMA TREINTA Y TRES MEGAVATIOS (0,33 MW).Que, mediante la Resolución N° 615 de fecha 29 de junio de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se otorgó a la firma BINGO ADROGUÉ S.A. la autorización para su ingreso al MEM en calidad de Agente Autogenerador Distribuido, respecto de su Parque Solar Fotovoltaico Altos de Tinogasta III, con una potencia instalada de CERO COMA TREINTA Y TRES MEGAVATIOS (0,33 MW).Que mediante las Notas Nros. B-185300-1 y B-185301-1, ambas de fecha 23 de junio de 2026, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que ALTOS DE TINOGASTA S.A. cumplió con los requisitos exigidos por los Puntos 4.1, 4.2, 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para la continuidad de su actuación y administración en el MEM.Que ALTOS DE TINOGASTA S.A. cumplió con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de la documentación societaria y comercial necesaria para el cambio de titularidad solicitado.Que la solicitud de cambio de titularidad se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.938 de fecha 26 de junio de 2026, sin haberse recibido objeciones dentro del plazo establecido por la normativa aplicable.Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.Por ello,LA SECRETARIA DE ENERGÍARESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Autorízase el cambio de titularidad y la continuidad para actuar en calidad de Agente Autogenerador Distribuido del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma ALTOS DE TINOGASTA SOCIEDAD ANÓNIMA (ALTOS DE TINOGASTA S.A.) como nuevo titular de los Parques Solares Fotovoltaicos “Altos de Tinogasta II” y “Altos de Tinogasta III”, cada uno con una potencia instalada de CERO COMA TREINTA Y TRES MEGAVATIOS (0,33 MW), ubicados en Ruta Nacional 60, km 1331, de la Localidad de Tinogasta, Provincia de CATAMARCA.ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), en su carácter de Organismo Encargado del Despacho (OED) a informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en la presente resolución.ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a ALTOS DE TINOGASTA S.A., a las firmas BINGO KING S.A., BINGO ADROGUÉ S.A., a CAMMESA y al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENRGE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.María Carmen Tettamantie. 29/07/2026 N° 52542/26 v. 29/07/2026 Fecha de publicación 29/07/2026