MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 928/Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2026Visto el expediente EX-2025-75778740- -APN-DGLTYA#ANAC, la ley 27.798 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2026, los decretos 239 del 15 de marzo de 2007, 1770 del 29 de noviembre de 2007, 2314 del 28 de diciembre de 2009, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 958 del 25 de octubre de 2024, 1148 del 30 de diciembre de 2024 y 934 del 31 de diciembre de 2025, las resoluciones 155 del 14 de marzo de 2013 de la Administración Nacional de Aviación Civil, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, 53 del 27 de mayo de 2021 de la entonces Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM) y su modificatoria, y 20 del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (RESOL-2024-20-APN-STEYFP# MDYTE), yCONSIDERANDO:Que por la ley 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional.Que por el artículo 7° de la citada ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en vigencia ni los que se produzcan con posterioridad sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.Que a través del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al Ministerio de Economía, y se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarían los organismos desconcentrados y descentralizados.Que mediante el decreto 239 del 15 de marzo de 2007 se creó la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) como organismo descentralizado en el ámbito de la Secretaría de Transporte del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, actualmente en la órbita de la Secretaría Transporte del Ministerio de Economía.Que por el decreto 1770 del 29 de noviembre de 2007 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la ANAC.Que a través del decreto 2314 del 28 de diciembre de 2009, se aprobó la estructura escalafonaria y el régimen retributivo para la ANAC.Que mediante la resolución 155 del 14 de marzo de 2013 de la Administración Nacional de Aviación Civil, se aprobaron las unidades de segundo y tercer nivel operativo correspondientes a la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea, entre ellas la Dirección de Inspección y Auditorías, de la que depende el Departamento Inspecciones.Que en el decreto 958 del 25 de octubre de 2024 se establece que corresponde al Jefe de Gabinete de Ministros, a los Ministros, a los Secretarios de la Presidencia de la Nación, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.Que en esta instancia, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Jefe del Departamento Inspecciones dependiente de la Dirección de Inspección y Auditorías de la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea de la ANAC, a partir del 1° de julio de 2025 y hasta el 5 de septiembre de 2025.Que de acuerdo con el trámite de que se trata, se ha dado cumplimiento a lo establecido en la resolución 53 del 27 de mayo de 2021 de la ex Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM) y su modificatoria.Que la presente designación transitoria queda exceptuada de las restricciones establecidas en el entonces vigente decreto 1148 del 30 de diciembre de 2024 y en el decreto 934 del 31 de diciembre de 2025.Que ha tomado intervención el área competente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el artículo 2° del decreto 958/2024.Por ello,EL MINISTRO DE ECONOMÍARESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Dase por designada transitoriamente, a partir del 1° de julio de 2025 y hasta el 5 de septiembre de 2025, a Adriana Mabel Leone (D.N.I. N° 18.313.653), en el cargo de Jefa del Departamento Inspecciones dependiente de la Dirección de Inspección y Auditorías de la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, con una remuneración equivalente al nivel escalafonario B, agrupamiento general, función directiva, grupo directivo, y los adicionales correspondientes de conformidad con la estructura escalafonaria y el régimen retributivo aprobado por el decreto 2314 del 28 de diciembre de 2009.Se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir Adriana Mabel Leone los requisitos mínimos establecidos en el citado decreto.ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta resolución será atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la ANAC.ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a la Dirección de Administración y Gestión de Recursos Humanos dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la ANAC, a comunicar y notificar a la interesada, haciéndole saber que por imperio de las leyes 25.188 y 26.857, dispone de treinta (30) días hábiles a partir de la notificación fehaciente de la presente medida, para dar efectivo cumplimiento a la obligación de presentar sus respectivas declaraciones juradas patrimoniales, ya sea inicial, anual y/o baja, según corresponda.ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a las áreas competentes del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, conforme lo establecido en el artículo 3° de la resolución 20 del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del citado ministerio (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE).ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.Luis Andres Caputoe. 23/07/2026 N° 51361/26 v. 23/07/2026
Fecha de publicación 23/07/2026