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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM consideró cumplido un requerimiento de una cooperativa

ENACOM consideró cumplido un requerimiento de una cooperativa

La cooperativa de Deán Funes se liberó de un requisito establecido por una resolución anterior

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344366/20260715

El Interventor de ENACOM declaró que la cooperativa cumplió con un requerimiento de 2021. El acto se inscribe en el marco de la regulación de servicios públicos y cooperativas.

Criterio editorial

Por qué importa

Acto administrativo puntual que no afecta a la población en general ni a sectores amplios

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Resolución Sintetizada 550/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 550/RESOL-2026-550-APN-ENACOM#JGM FECHA 08/07/2026EX-2020-48693013 - APN-REYS#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- TENER por cumplida por parte de la COOPERATIVA DE CONSUMO, SERVICIOS PÚBLICOS Y SOCIALES DE DEÁN FUNES LTDA, el requerimiento establecido en el Artículo 3° de la Resolución N° 2140, de fecha 22 de diciembre de 2021, dictada por este organismo. 2 - Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.- Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativasSergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 15/07/2026 N° 49144/26 v. 15/07/2026 Fecha de publicación 15/07/2026