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Se promulga la Ley 27.828 con impacto económico nacional

Se promulga la Ley 27.828 con impacto económico nacional

La norma fue sancionada por el Congreso y ahora entra en vigor.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348839/20261013Revisá la fuente original antes de tomar decisiones basadas en este artículo.

La ley N° 27.828 fue sancionada por el H. Congreso de la Nación y ahora está en vigor tras su promulgación. El aviso no detalla su contenido ni alcance específico.

La Ley N° 27.828 fue aprobada por el Congreso de la Nación, que es el órgano encargado de elaborar y sancionar leyes. La promulgación corresponde al Poder Ejecutivo, que la hace pública para que sea aplicable.

La ley afecta a todos los sujetos que deben cumplir con sus disposiciones, como empresas, instituciones públicas y ciudadanos. No se especifica quiénes ganan o pierden directamente en el aviso.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • La Ley N° 27.826 fue promulgada el 9 de octubre de 2026, con participación del Congreso de la Nación y el Ministerio de Economía.
  • La Ley N° 27.825 fue promulgada mediante Decreto 1033/2026 el 18 de septiembre de 2026, también con intervención del Congreso de la Nación.
Criterio editorial

Por qué importa

El aviso no explica cuál es el impacto específico de la ley ni por qué se considera de trascendencia alta.

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Documento base

Texto original

Decreto 1161/2026

Decreto 1161/2026 DECTO-2026-1161-APN-PTE - Promúlgase la Ley N°Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2026En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.828 (IF-2026-93984522-APN-DSGA#SLYT), sancionada por el H. CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 24 de septiembre de 2026.Dese para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al H. CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al MINISTERIO DE ECONOMÍA. Cumplido, archívese.MILEI - Diego César Santilli - E/E Juan Bautista Mahiquese. 13/10/2026 N° 75595/26 v. 13/10/2026 Fecha de publicación 13/10/2026

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