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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Zirma S.A. multada por no mencionar línea 144 en programa

Zirma S.A. multada por no mencionar línea 144 en programa

El ENACOM impuso una multa de $3.000 a Zirma S.A. por difundir contenido sobre violencia de género sin citar la línea 144.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348944/20261014Revisá la fuente original antes de tomar decisiones basadas en este artículo.

Se dictó una resolución que sanciona a Zirma Sociedad Anónima, titular de FM Vorterix 92.1 MHz, por incumplimiento del artículo 2 del marco normativo sobre difusión de contenidos relacionados con violencia de género. El fallo se basa en el artículo 3 del Anexo I de la Resolución 661-AFSCA/14, modificada por disposiciones posteriores del ENACOM.

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El aviso corresponde a una sanción individual por incumplimiento normativo específico, sin impacto sectorial amplio ni decisión política visible.

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Aviso Oficial

EDICTO DE NOTIFICACIÓN (art.42 del DEC.1759/72)ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESNotifíquese a “ZIRMA SOCIEDAD ANÓNIMA”, que en el expediente EX-2023-08523532-APN-SDYME#ENACOM se ha dictado la resolución RESOL-2026-825-APN-ENACOM#JGM, de fecha 25/08/2026, y que en su parte resolutiva dice: “ARTÍCULO 1º.- Aplícase a la firma ZIRMA SOCIEDAD ANÓNIMA, titular de la licencia del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que opera bajo la denominación de “FM VORTERIX” en la frecuencia 92.1 Mhz., de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, una MULTA (Art. 3º del Anexo I de la Resolución Nº 661-AFSCA/14 modificada por RESOL-2019-2882-APN- ENACOM#JGM, modificada mediante RESOL-2019-2984-APN-ENACOM#JGM), cuyo monto asciende a la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000), por haber difundido, el día 19 de enero de 2023, a partir de las 7.13 horas, durante el desarrollo del programa “MALDICIÓN VA A SER UN DÍA HERMOSO’’, información sobre episodios de violencia de género, sin hacer mención expresa a la línea telefónica gratuita “144”, en infracción al Artículo 2º de la Ley Nº 27.039. ARTÍCULO 2°.- La sancionada deberá hacer efectivo el pago del monto de la multa aplicada en el Artículo 1°, dentro de los DIEZ (10) días hábiles a contar desde la notificación de la presente. ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a la firma ZIRMA SOCIEDAD ANÓNIMA, comuníquese a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN a los fines previstos en el Artículo 103 del Anexo I del Decreto Nº 1.225/10, y cumplido archívese.” Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.Maria Florencia Torres Brizuela, Jefa de Área, Área Despacho.e. 14/10/2026 N° 75815/26 v. 16/10/2026 Fecha de publicación 14/10/2026