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ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD

ENREGE autoriza ampliación eléctrica en Salta

ENREGE autoriza ampliación eléctrica en Salta

Se aprueba la construcción de una nueva estación transformadora y líneas de alta tensión.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344185/20260708

El ENREGE autorizó la ampliación del sistema eléctrico en Salta, lo que permite a EDESA S.A. iniciar obras de infraestructura. Esta decisión tiene implicancias técnicas, legales y sociales, ya que involucra a múltiples actores del sector energético y a la comunidad local.

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • ENREGE emitió 52 actos oficiales en los últimos 30 días, todos bajo su ámbito regulatorio
  • Ninguno de los antecedentes encontrados trata sobre ampliaciones eléctricas, Salta o las empresas distribuidoras mencionadas en la noticia nueva
Criterio editorial

Por qué importa

La resolución afecta a usuarios de energía en Salta y establece un marco legal para la construcción de infraestructura eléctrica, lo que tiene relevancia en la planificación energética regional.

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Texto original

Resolución Sintetizada 229/2026

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD Resolución Sintetizada 229/Resolución RESFC-2026-229-APN-DIRECTORIO#ENREGEExpediente EX-2025-12326856-APN-SD#ENREBuenos Aires, 6 de JULIO de 2026El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD ha resuelto ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica presentada por la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SALTA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESA S.A.) para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) de las obras consistentes en: a) Nueva Estación Transformadora (ET) Embarcación 132/33/13,2 kV, equipada con un transformador de potencia de 30/30/30 MVA; b) Interconexión al Sistema de Transporte mediante el seccionamiento (apertura) de la Línea de Alta Tensión (LAT) de 132 kV Senda Hachada - Pichanal, bajo jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), conformándose DOS (2) nuevos vínculos de entrada y salida a la subestación y; c) Instalación de celdas de maniobra en media tensión de 33 kV y 13,2 kV en el edificio de comando de la subestación. 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO en la página web del Ente y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión de la Provincia de SALTA, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, a ser computados a partir del día siguiente al de la última publicación efectuada, para que quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENReGE). 3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes a otros usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibirlas y permitir al solicitante contestarlas y exponer los argumentos pertinentes. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos indicados sin que se registren presentaciones de oposición fundadas, se considerará otorgado el CCyNP y el Organismo procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución en su página web e informar a las partes. 5.- Hacer saber al solicitante que deberá dar cumplimiento a las indicaciones y requerimientos técnicos efectuados por TRANSNOA S.A., CAMMESA y los departamentos técnicos del Ente, de Seguridad Pública y Ambiental, de acuerdo a la documentación obrante en las presentes actuaciones. 6.- El solicitante deberá gestionar los planos de mensura y las modificaciones necesarias para la constitución de la Servidumbre Administrativa de Electroducto (SAE) e inscripción en el registro de la propiedad del inmueble correspondiente, de conformidad con la Ley N° 19.552 y el artículo 18 de la Ley N° 24.065 T.O. 2025, constituyendo la servidumbre a favor de la transportista troncal TRANSNOA S.A., responsable de la operación y mantenimiento de la infraestructura de alta tensión. 7.- Notificar a EDESA S.A., TRANSNOA S.A. y CAMMESA. 8.- Registrar, comunicar, publicar en extracto, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar. Firmado: Héctor Sergio Falzone - Griselda Lambertini - Marcelo Alejandro Nachón - Vicente Serra. -Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Unidad Secretaría de Directorio - Electricidad.e. 08/07/2026 N° 47906/26 v. 08/07/2026 Fecha de publicación 08/07/2026