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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM otorga licencia a empresa tecnológica

ENACOM otorga licencia a empresa tecnológica

NFIBRA S.A.S. obtiene autorización para servicios TIC en Argentina

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/343869/20260701

El ENACOM otorgó una licencia a NFIBRA S.A.S., permitiéndole operar en el sector TIC. Esto implica mayor competencia y posibles cambios en el mercado de servicios digitales.

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • La resolución 343663 es el antecedente más cercano y relevante: mismo organismo, mismo tipo de acto (convenio-laboral) y temas coincidentes (telecomunicaciones, regulación).
  • ENACOM ha emitido 54 actos bajo su órbita en los últimos 30 días, de los cuales 7 corresponden al mismo tipo de acto (convenio-laboral).
Criterio editorial

Por qué importa

La resolución afecta directamente a una empresa tecnológica y al sector de telecomunicaciones, con potencial impacto en el mercado y en la regulación del espectro radioeléctrico.

Claves de lectura

Entidades y temas

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Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 455/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 455/RESOL-2026-455-APN-ENACOM#JGM FECHA 29/06/2026EX-2025-17573080- -APN-REYS#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- OTORGAR a la firma NFIBRA S.A.S. Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- INSCRIBIR a la firma NFIBRA S.A.S. en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Operador Móvil Virtual Básico, el Servicio de Valor Agregado - Acceso a Internet, Servicio de Radiodifusión por Suscripción, Servicio de Reventa, Servicio de Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional, Servicio de Telefonía Local y Servicio de Transmisión de Datos.3.- Establecer que la presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación de los servicios registrados, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este organismo. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.- Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativasSergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 01/07/2026 N° 45849/26 v. 01/07/2026 Fecha de publicación 01/07/2026