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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM otorga licencia a empresa para servicios TIC

ENACOM otorga licencia a empresa para servicios TIC

Network S.A.S. obtiene autorización para operar en telecomunicaciones

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/343860/20260701

El ENACOM otorgó una licencia a Network S.A.S. para prestar servicios de TIC, lo que le permite operar legalmente en el sector. Este acto refleja la dinámica regulatoria del mercado de telecomunicaciones en Argentina.

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • ENACOM emitió 4 licencias para servicios TIC el 29/06/2026, incluyendo a Inter S.A.S., TESING S.A., ECOTELSA S.A. y una cooperativa
  • Según los registros disponibles, solo una de esas licencias (la de Inter S.A.S.) comparte tipo de acto (normativa-economica) y contexto regulatorio específico (sin garantía estatal de frecuencias)
Criterio editorial

Por qué importa

La resolución afecta al sector de telecomunicaciones, permitiendo la entrada de una nueva empresa y generando posibles cambios en la competencia y en la oferta de servicios a los usuarios.

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Texto original

Resolución Sintetizada 443/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 443/RESOL-2026-443-APN-ENACOM#JGM FECHA 26/06/2026EX-2024-86197127- -APN-REYS#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- OTORGAR a la firma NETWORK S.A.S. licencia para la prestación de Servicios de TIC, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- INSCRIBIR a la firma NETWORK S.A.S. en el Registro de Servicios TIC aprobado en el Anexo I de la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 697/17, el Servicio de Valor Agregado - Acceso a Internet. 3.- Establecer que la presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este ENACOM. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.- Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativasSergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 01/07/2026 N° 45815/26 v. 01/07/2026 Fecha de publicación 01/07/2026