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INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Empresa solicita baja de inscripciones en registro de semillas

Empresa solicita baja de inscripciones en registro de semillas

La empresa Advanta Semillas S.A.I.C. presentó una nota para eliminar registros de cultivares de sorgo del Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/343741/20260630

La empresa solicitó la baja de dos creaciones fitogenéticas de sorgo. El trámite se rige por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 y el Decreto 2.183/1991.

Criterio editorial

Por qué importa

Es un acto administrativo individual relacionado con el registro de semillas, sin impacto generalizable.

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Resolución 271/2026

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS Resolución 271/Ciudad de Buenos Aires, 05/06/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-46140225--APN-DNRV#INASE, yCONSIDERANDO:Que con fecha 8 de mayo de 2026 la empresa ADVANTA SEMILLAS S.A.I.C., ha presentado la nota solicitando la baja de las inscripciones en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por el artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, de la creación fitogenética de sorgo línea de denominación 91419 y de la creación fitogenética de sorgo granífero de denominación ADVANTA 80379.Que el artículo 30 a) de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 establece que caducará el Título de Propiedad sobre un cultivar por renuncia del propietario a sus derechos, en cuyo caso los cultivares serán de uso público.Que el artículo 36 a) del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 establece que el derecho del obtentor sobre una variedad caducará por renuncia del obtentor a sus derechos, en cuyo caso las variedades serán de uso público.Que el artículo 38 del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 establece que se publicarán a cargo del interesado en el Boletín Oficial las renuncias a los Títulos de Propiedad otorgados.Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO DE VARIEDADES de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ha tomado la intervención de su competencia.Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictaminado al respecto.Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en los artículos 8° y 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845, y el Decreto Nº 684 de fecha 22 de septiembre de 2025.Por ello,EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Declárese la caducidad de los derechos de propiedad pertinentes de la firma titular, sobre la creación fitogenética de sorgo línea de denominación 91419 y de la creación fitogenética de sorgo granífero de denominación ADVANTA 80379, inscriptas en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por el artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, mediante las Resoluciones Nros. 381 de fecha 6 de noviembre de 2008, de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la ex – SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del ex – MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y 6 de fecha 30 de enero de 2013 de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, pasando las mismas a ser de uso público, en virtud de la renuncia solicitada por el titular (artículo 30 inciso a) de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 y artículo 36 inciso a) del Decreto Reglamentario Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991).ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese a cargo del interesado en la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Martin Famularie. 30/06/2026 N° 45302/26 v. 30/06/2026 Fecha de publicación 30/06/2026