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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Convenio con Austria homologado por ley

Convenio con Austria homologado por ley

Entrará en vigor en junio de 2026, eliminando la doble imposición fiscal.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/343343/20260619

El aviso confirma la aprobación del convenio fiscal entre Argentina y Austria, que entrará en vigor en 2026 y busca evitar la doble imposición y la evasión fiscal.

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La homologación de un tratado fiscal bilateral puede tener impacto en la regulación tributaria y en la cooperación internacional.

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Tratados y Convenios Internacionales

PUBLICACIÓN BOLETÍN OFICIAL LEY Nº 24.080FECHA DE ENTRADA EN VIGOR PARA LA REPÚBLICA DE INSTRUMENTOS BILATERALES QUE REQUIRIERON APROBACIÓN LEGISLATIVAConvenio entre la República Argentina y la República de Austria para eliminar la Doble Imposición con Respecto a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y la Prevención de la Evasión y Elusión FiscalFirma: Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de diciembre de 2019.Norma Aprobatoria: Ley 27.803Entrada en vigor: 12 de junio de 2026 (Cf. Art. 30 del Convenio).Juan Pablo Paniego, Director, Dirección de Tratados.e. 19/06/2026 N° 41804/26 v. 19/06/2026 Fecha de publicación 19/06/2026