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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA SAN JAVIER

Subasta electrónica de mercaderías en Aduanas de San Javier

Subasta electrónica de mercaderías en Aduanas de San Javier

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero autoriza la venta de bienes confiscados a través de subasta pública el 18 de junio.

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La Disposición 14/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero de San Javier autoriza la venta de mercaderías confiscadas a través de una subasta electrónica, lo que busca optimizar la gestión de bienes y mejorar la eficiencia en la administración de ingresos públicos.

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • Se registraron dos convenios similares en aduanas de Posadas y Concordia en los últimos dos días hábiles
  • Ambos incluyen subastas electrónicas gestionadas mediante la plataforma del Banco de la Ciudad de Buenos Aires
Criterio editorial

Por qué importa

Esta medida tiene trascendencia media debido a su impacto en la gestión de bienes confiscados y en la optimización de los recursos aduaneros, contribuyendo a la renta fiscal y al descongestionamiento de depósitos.

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Documento base

Texto original

Disposición 14/2026

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO ADUANA SAN JAVIER Disposición 14/San Javier, Misiones, 01/06/2026VISTO lo establecido en los artículos 417 y siguientes de la Ley 22.415, Ley 25.603 y el CONVE-2020-00621694-AFIP; yCONSIDERANDO:Que el 22 de septiembre de 2020 se suscribió una adenda al convenio N°12/2015 (AFIP) firmado entre la Ex-ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (Hoy ARCA) y el BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, que permite la celebración de subastas públicas bajo la modalidad electrónica através de la plataforma web de la citada entidad bancaria.Que oportunamente se envió listado de mercaderías con disponibilidad jurídica, para ser incluidas en futuras subastas públicas bajo la modalidad electrónica a la División Evaluación y Control de Procesos Operativos Regionales de la Dirección Regional Aduanera Noreste.Que la División Coordinación de Secuestros y Rezagos de la Dirección Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera, en coordinación con las autoridades del Banco Ciudad de Buenos Aires, comunicaron la inclusión de mercadería de esta Aduana, en la subasta a realizarse el día Jueves 18/06/2026 las cuales se detallan en anexo IF-2026-01655603-ARCA-ADSAJA#SDGOAI.Que el presente acto, coadyuva al cumplimiento de un objeto prioritario de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, en materia de descongestionamiento de los depósitos, resguardo de la renta fiscal y reducción de los costos por almacenaje de las mercaderías cuya guarda y custodia tiene encomendada.Que la comercialización impulsada en la presente se efectuará en una Subasta Pública, bajo modalidad electrónica en los términos del convenio firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES.Que las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como así también el catalogo correspondiente con el detalle de los valores base, descripción y fotografías de los bienes, se encontrará disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/.Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 618/97, Ley N.º 22.415 sus modificatorias y complementarias, y la Ley Nº 25.603.Por ello;EL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA DE SAN JAVIERDISPONE:ARTICULO 1°: AUTORIZAR la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben, con la debida antelación y bajo modalidad de subasta pública, por intermedio del BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES de acuerdo a los valores base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo IF-2026-01655603-ARCA-ADSAJA#SDGOAI, que forman parte integrante del presente acto.ARTICULO 2°: HACER SABER que la subasta pública de las mercaderías detalladas se efectuará bajo modalidad electrónica, a través de la página web del BANCO DE LA CIUDAD de BUENOS AIRES https://subastas.bancociudad.com.ar/, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 18 de JUNIO de 2026.ARTICULO 3°: REGISTRAR y comunicar a la División de Secuestros y Rezagos para la continuación del trámite. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, Archívese.Alberto Anastacio RodriguezNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 02/06/2026 N° 37243/26 v. 02/06/2026 Fecha de publicación 02/06/2026   Anexo - 1