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ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD

Ajuste de tarifas eléctricas aprobado por organismo regulador

Ajuste de tarifas eléctricas aprobado por organismo regulador

El ENReGe establece un aumento del 4,31% en las tarifas eléctricas tras considerar variaciones del IPIM y del IPC.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/342567/20260529Revisá la fuente original antes de tomar decisiones basadas en este artículo.

El ENReGe ha aprobado un ajuste en las tarifas eléctricas basado en la variación del IPIM y del IPC, lo que impactará en los costos para los consumidores y la rentabilidad de las empresas del sector. Este ajuste es parte de un mecanismo más amplio de regulación tarifaria que busca mantener la estabilidad y la sostenibilidad en el sector energético.

El ENReGe ha sido parte fundamental en la regulación del sector energético argentino, especialmente en momentos de emergencia energética como el actual. La regulación de las tarifas es una práctica común para adaptar los costos a las fluctuaciones económicas y garantizar la viabilidad financiera de las empresas del sector.

Los afectados por esta resolución son los usuarios finales de servicios eléctricos, quienes enfrentarán un aumento en sus facturas, y las empresas del sector eléctrico, que verán una ajuste en sus tarifas de transporte y distribución de energía.

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El ENREGE fue creado formalmente por Decreto 318/2026, que designó sus autoridades iniciales.
  • La Resolución 4/2026 del ENREGE estableció días inhábiles administrativos del 15 al 29 de mayo de 2026, coincidiendo con el período previo inmediato a la fecha de la noticia (29/05/2026).
Criterio editorial

Por qué importa

Este ajuste tiene alta trascendencia debido a su impacto directo en los costos de vida de la población y en la rentabilidad de las empresas del sector eléctrico, en un contexto de emergencia energética y fluctuaciones económicas.

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Documento base

Texto original

Resolución 31/2026

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD Resolución 31/Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2026VISTO el Expediente N° EX-2025-88851299-APN-SD#ENRE, yCONSIDERANDO:Que por el Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023 se declaró la emergencia del Sector Energético Nacional, en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal, la que fue prorrogada, sucesivamente, por el Decreto N° 1023 de fecha 19 de noviembre de 2024 y el Decreto N° 370 de fecha 30 de mayo de 2025, hasta el 9 de julio de 2026.Que, en el marco de la emergencia energética declarada por las normas señaladas, y ante la situación económica recibida el 10 de diciembre de 2023, el MINISTRO DE ECONOMÍA, mediante Nota N° NO-2026-51885041-APN-MEC de fecha 26 de mayo de 2026, estima imperioso continuar con la corrección de los precios relativos de la economía, entre los cuales se encuentran las tarifas concernientes al sector de energía eléctrica.Que a través de la nota referida precedentemente, el MINISTRO DE ECONOMÍA sostiene, entre otros particulares, que las tarifas correspondientes al segmento de transporte y distribución de energía eléctrica deberán ser incrementadas conforme los resultados de las revisiones tarifarias quinquenales llevadas adelante por el ex ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y sus modificatorias, y de acuerdo a las pautas señaladas en su anterior Nota N° NO-2025-44507112-APN-MEC de fecha 28 de abril de 2025.Que, por su parte, la SECRETARÍA DE ENERGÍA, mediante Nota N° NO-2026-51929787-APN-SE#MEC de fecha 26 de mayo de 2026, instruyó al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENReGE) al efectivo cumplimiento de lo establecido en la Nota N° NO-2026-51885041-APN-MEC.Que el ex ENRE, a través de la Resolución N° 315 de fecha 30 de abril de 2025, rectificada por la Resolución ENRE N° 599 de fecha 18 de agosto de 2025, entre otras cuestiones, aprobó: a) Los valores horarios a aplicar al equipamiento regulado de la EMPRESA DE ENERGÍA DE RÍO NEGRO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDERSA) con vigencia a partir del 1 de mayo de 2025 y; b) El Mecanismo de actualización de la remuneración de las Empresas Concesionarias del Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal y de las Empresas Transportistas Independientes, como Anexo III (IF-2025-43917739-APN-ARYEE#ENRE), que integra dicho acto.Que el objetivo del mecanismo de actualización establecido es que el valor de la remuneración que percibe la transportista se mantenga durante todo el período tarifario de CINCO (5) años en términos reales.Que, a tal fin, corresponde considerar las variaciones registradas en el nivel general del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y en el nivel general del Índice de Precios al Consumidor (IPC), publicados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC).Que en el mes de abril de 2026 resultaron del CINCO COMA DIECISÉIS POR CIENTO (5,16%) y DOS COMA CINCUENTA Y OCHO POR CIENTO (2,58%), respectivamente.Que, dadas las ponderaciones establecidas en la fórmula del mecanismo de actualización -SESENTA Y SIETE POR CIENTO (67%) IPIM y TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) IPC-, el porcentaje de ajuste de los valores horarios a aplicar al equipamiento regulado de la transportista es del CUATRO COMA TREINTA Y UNO POR CIENTO (4,31%).Que se determinaron los cargos de transporte (CTn) para cada tipo de equipamiento y tensiones que regirán a partir del 1 de junio de 2026.Que se ha emitido el dictamen jurídico exigido por el artículo 7 inciso d) punto (ii) de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549.Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD es competente para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley N° 27.742, el artículo 55 incisos a), d) y s) de la Ley N° 24.065 T.O. 2025, los artículos 1 y 11 incisos a) y h) del Decreto N° 452 de fecha 4 de julio de 2025 y el Decreto N° 318 de fecha 4 de mayo de 2026.Por ello,EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDADRESUELVE:ARTÍCULO 1.- Aprobar los valores horarios a aplicar a partir del 1 de junio de 2026 al equipamiento regulado de la EMPRESA DE ENERGÍA DE RÍO NEGRO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDERSA), en su condición de Transportista Independiente (TI), para la operación de las Líneas en 132 kV Sierra Grande - San Antonio Oeste y San Antonio Oeste - Viedma, contenidos en el Anexo (IF-2026-50454794-APN-ARYEE#ENRE) que integra este acto.ARTÍCULO 2.- Notificar a EDERSA, a la ASOCIACIÓN DE GENERADORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (AGEERA), a la ASOCIACIÓN DE TRANSPORTISTAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ATEERA), a la ASOCIACIÓN DE DISTRIBUIDORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ADEERA), a la ASOCIACIÓN DE GRANDES USUARIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (AGUEERA) y a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), junto con el Anexo (IF-2026-50454794-APN-ARYEE#ENRE).ARTÍCULO 3.- Registrar, comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar.Hector Sergio Falzone - Griselda Lambertini - Marcelo Alejandro Nachon - Vicente Serra - Néstor Marcelo LambogliaNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 29/05/2026 N° 36596/26 v. 29/05/2026 Fecha de publicación 29/05/2026   Anexo - 1