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ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD

Creación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad

Creación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad

El Decreto 318/2026 formaliza la designación de autoridades para el nuevo ente regulador unificado.

Resumen automatizado basado en documentos públicos oficiales.Este artículo fue generado automáticamente desde publicaciones oficiales y puede contener interpretaciones automatizadas. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/341540/20260505

Se dispuso la constitución operativa del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENRGE), reemplazando a ENRE y ENARGAS. Esto implica la concentración de funciones regulatorias previamente separadas en un solo organismo bajo la órbita de la Secretaría de Energía.

La Ley N° 27.742 estableció el marco institucional para la creación del ente, como parte de una reestructuración regulatoria energética. El Decreto N° 452/25 ya había dispuesto su constitución formal, y los decretos y resoluciones posteriores avanzaron en su puesta en marcha.

Ganan los usuarios finales y agentes del sector por una posible mayor coherencia regulatoria; pierden ENRE y ENARGAS como organismos autónomos, cuyas funciones y personal se transfieren al nuevo ente.

Criterio editorial

Por qué importa

Es la primera vez que Argentina integra bajo una sola autoridad reguladora las actividades de gas y electricidad, lo que representa un cambio estructural en la gobernanza energética nacional.

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Decreto 318/2026

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD Decreto 318/Ciudad de Buenos Aires, 04/05/2026VISTO el Expediente N° EX-2025-107476121-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.742, el Decreto N° 452 del 4 de julio de 2025 y las Resoluciones de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Nros. 388 del 9 de octubre de 2025 y 479 del 17 de noviembre de 2025, yCONSIDERANDO:Que por el artículo 161 de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742 se creó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD y se dispuso que, una vez constituido, reemplazará y asumirá las funciones del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismos autárquicos actuantes en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.Que por el Decreto N° 452/25 se constituyó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD, creado por el artículo 161 de la Ley N° 27.742, el que funcionará en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y llevará a cabo todas las medidas necesarias para cumplir las misiones y funciones asignadas por las Leyes Nros. 24.076 y 24.065 y sus respectivas modificaciones al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), respectivamente.Que en virtud del precitado decreto, se dictó la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA N° 388/25, la que dispuso la Convocatoria a Concurso Abierto de Antecedentes para la designación de los miembros del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENRGE), para los cargos de Presidente, Vicepresidente y TRES (3) Vocales.Que para ello a través de la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA N° 479/25 se conformó el Comité de Selección para el análisis y la evaluación de los antecedentes de los postulantes al Concurso Abierto de Antecedentes para la designación de los miembros del Directorio del mencionado Ente.Que cumplida la etapa de evaluación, y conforme a lo previsto en la citada resolución, el Comité de Selección elevó a la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA un Informe con las respectivas ternas de postulantes seleccionados, acompañando los fundamentos de la selección realizada.Que, posteriormente, en cumplimiento del artículo 5° del citado Decreto N° 452/25, la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA elevó su recomendación al PODER EJECUTIVO NACIONAL con las ternas respectivas y su propuesta de designación de candidatos a ocupar cada uno de los cargos concursados y los antecedentes del proceso de selección desarrollado.Que con fecha 18 de febrero de 2026, a través del Mensaje del PODER EJECUTIVO NACIONAL N° 9/26 dirigido a la Comisión Bicameral del H. CONGRESO DE LA NACIÓN, se comunicaron los fundamentos de la propuesta de las designaciones de Presidente, Vicepresidente y TRES (3) Vocales para la conformación del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto N° 452/25.Que transcurrido el plazo legal la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS E INSTITUCIONALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS informó que no obraba constancia alguna de la conformación de la Comisión Bicameral prevista en el citado Decreto N° 452/25.Que, en virtud de ello, el 27 de marzo de 2026, a través de los Mensajes del PODER EJECUTIVO NACIONAL N° 23/26 dirigido al H. SENADO DE LA NACIÓN y N° 24/26 remitido a la H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN, se procedió a comunicar los mencionados fundamentos a los presidentes de ambas Cámaras del H. CONGRESO DE LA NACIÓN.Que, finalmente, la precitada SUBSECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS E INSTITUCIONALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS informó sobre la falta de constancias de un pronunciamiento por parte de dichas Cámaras, relacionados a las designaciones propuestas.Que por ello, y habiendo transcurrido los plazos establecidos en el artículo 7° del citado Decreto N°452/25, el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra habilitado para el dictado del acto pertinente.Que las personas cuyas designaciones se propician reúnen los antecedentes técnicos que justifican sus postulaciones y no se encuentran alcanzados por las incompatibilidades establecidas en el artículo 7° del Decreto N° 452/25.Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 4° del Decreto N° 452 del 4 de julio de 2025.Por ello,EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:ARTÍCULO 1°.- Desígnase Presidente del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENRGE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, al doctor Néstor Marcelo LAMBOGLIA (D.N.I. N° 16.100.770), por el término de CINCO (5) años, de conformidad con lo previsto por el artículo 6° del Decreto N° 452 del 4 de julio de 2025.ARTÍCULO 2°.- Desígnase Vicepresidente del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENRGE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, al ingeniero Vicente SERRA (D.N.I. N° 11.400.770), por el término de CUATRO (4) años, de conformidad con lo previsto por el artículo 6° del Decreto N° 452 del 4 de julio de 2025.ARTÍCULO 3°.- Desígnase Vocal Primero del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENRGE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, al licenciado Marcelo Alejandro NACHON (D.N.I. N° 13.428.163), por el término de TRES (3) años, de conformidad con lo previsto por el artículo 6° del Decreto N° 452 del 4 de julio de 2025.ARTÍCULO 4°.- Desígnase Vocal Segundo del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENRGE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a la doctora Griselda LAMBERTINI (D.N.I. N° 17.538.593), por el término de DOS (2) años, de conformidad con lo previsto por el artículo 6° del Decreto N° 452 del 4 de julio de 2025.ARTÍCULO 5°.- Desígnase Vocal Tercero del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENRGE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, al ingeniero Héctor Sergio FALZONE (D.N.I. N° 14.226.138), por el término de UN (1) año, de conformidad con lo previsto por el artículo 6° del Decreto N° 452 del 4 de julio de 2025.ARTÍCULO 6°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su dictado.ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.MILEI - Luis Andres Caputoe. 05/05/2026 N° 29199/26 v. 05/05/2026 Fecha de publicación 05/05/2026