MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 462/Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-15211698- -APN-UOPNR#MSG, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y la Resolución del entonces MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, yCONSIDERANDO:Que ante el JUZGADO FEDERAL N° 3 de Mendoza, a cargo del Doctor Marcelo Fabián GARNICA, SECRETARÍA “D”, a cargo de la Doctora Mariana Silvia LEIVA, tramita la causa N° FMZ 16664/2021/7 caratulada “LEGAJO N° 7- PRESENTANTE: PREVENTIVO POLICIA FEDERAL S/ LEGAJO DE INVESTIGACION”.Que el mencionado juzgado solicitó a este Ministerio, mediante oficio del 22 de agosto de 2025, ampliando el mismo a través de nuevos Oficios librados en los meses de noviembre, diciembre de 2025 y abril de 2026, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la detención de Franco Simón BASAEZ VILCHEZ, de nacionalidad chilena, titular de la Cédula de Identidad chilena N° 16.411.254-3, nacido el 19 de octubre de 1986, Lisandro Eduardo BASAEZ MORALES, de nacionalidad chilena, titular de la Cédula de Identidad chilena N° 18.750.353-0, nacido el 13 septiembre de 1994, Kevin Matías SANDOVAL GONZÁLEZ, de nacionalidad chilena, titular de la Cédula de Identidad chilena N° 20.051.740-7, nacido el 20 de octubre de 1998, Yoel Ignacio BEAUMONT SANDOVAL, de nacionalidad chilena, titular de la Cédula de Identidad chilena N° 21.257.389-2, nacido el 10 de marzo de 2003, Aldana Matilde GLARIA ORELLANA, de nacionalidad chilena, titular de la Cédula de Identidad chilena N° 18.309.567-6 y D.N.I. argentino N° 34.085.335, nacida el 21 de agosto de 1988, Carlos Damián ALGAÑARAZ, argentino, titular del D.N.I. N° 27.300.635, nacido el 23 de marzo de 1979, Zaira Nahir BASAEZ, argentina, titular del D.N.I. N° 46.119.851, nacida el 30 de septiembre de 2004, y de Selene Anahí OBREGÓN, argentina, titular del D.N.I. N° 40.183.867, nacida el 26 de octubre de 1994.Que Franco Simón BASAEZ VILCHEZ, apodado “El Javi”, hijo de Leonardo Eduardo BASAEZ JORQUERA y de María del Pilar VILCHES FLORES de características físicas; Tez trigueña, cabello negro, sin señas particulares, se encuentra prófugo con orden de captura nacional desde el 22 de mayo de 2024 y orden de captura internacional desde el 22 de agosto de 2025.Que Lisandro Eduardo BASAEZ MORALES, alias “El enano petiso”, hijo de Luis Eduardo BASAEZ MORENO y de Marianela del CARMEN MORALES, de características físicas; tez trigueña, cabello corto de color negro, sin señas particulares, se encuentra prófugo con orden de captura nacional desde el 22 de mayo de 2024 y con orden de captura internacional desde el 22 de agosto de 2025.Que Kevin Matías SANDOVAL GONZÁLEZ, hijo de Diana Elizabeth GONZALEZ RAMIREZ y de Daniel Antonio SANDOVAL ROJAS, de características físicas; tez blanca, cabello corto color negro sin señas particulares, se encuentra prófugo con orden de captura nacional desde el 22 de mayo de 2024 y con orden de captura internacional desde el 22 de agosto de 2025.Que Yoel Ignacio BEAUMONT SANDOVAL, hijo de Gloria Isabel SANDOVAL ROJAS y de Danny Cristian Patricio BEAUMONT QUEZADA, de características físicas; tez blanca, ojos marrones, cabello corto color negro, sin señas particulares, se encuentra prófugo con orden de captura nacional desde el 22 de mayo de 2024 y con orden de captura internacional desde el 22 de agosto de 2025.Que Aldana Matilde GLARIA ORELLANA, hija de Verónica del Pilar ORELLANA BASAEZ y de Alberto Miguel GLARIA, de características físicas; Tez blanca, cabello largo, color negro ondulado, sin señas particulares, se encuentra prófuga con orden de captura nacional desde el 22 de mayo de 2024 y con orden de captura internacional desde el 22 de agosto de 2025.Que Carlos Damián ALGAÑARAZ, alias “El Porteño”, de características físicas; tez trigueña, cabello corto, color negro, sin señas particulares, se encuentra prófugo con orden de captura nacional desde el 22 de mayo de 2024 y orden de captura internacional desde el 22 de agosto de 2025.Que Zaira Nahir BASAEZ, de características físicas; tez blanca, cabello largo, color negro, sin señas particulares, se encuentra prófuga con orden de captura nacional desde el 22 de mayo de 2024 y con orden de captura internacional desde el 22 de agosto de 2025.Que Selene Anahí OBREGÓN, hija de Norma Graciela VAZQUEZ y de Claudio Enrique OBREGON, de características físicas; tez blanca, lunar marrón en el centro de la frente, se encuentra prófuga con orden de captura nacional desde el 22 de mayo de 2024 y con orden de captura internacional desde el 22 de agosto de 2025.Que los nombrados se encuentran investigados por formar parte de una organización delictiva, con diferentes grados de participación en la misma, relacionada con tráfico internacional de armas, enmarcadas en la Ley N° 22.415.Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.Que el artículo 1° del Anexo II de la Resolución N° RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa, mientras que el artículo 2° de la citada norma prevé la posibilidad de modificar dichos importes en atención a la complejidad y gravedad del delito investigado, según lo estime la titular de esta Cartera Ministerial.Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la Resolución N° RESOL-2019-828-APN-MSG.Por ello,LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONALRESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensas, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), por cada uno, destinadas a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de: Franco Simón BASAEZ VILCHEZ, alias “El Javi”, chileno, titular de la Cédula de Identidad chilena N° 16.411.254-3, Lisandro Eduardo BASAEZ MORALES, alias “El enano petiso”, chileno, titular de la Cédula de Identidad chilena N° 18.750.353-0, Kevin Matías SANDOVAL GONZALEZ, chileno, titular de la Cédula de Identidad chilena N° 20.051.740-7, Yoel Ignacio BEAUMONT SANDOVAL, chileno, titular de la Cédula de Identidad chilena N° 21.257.389-2, Aldana Matilde GLARIA ORELLANA, chilena, titular de la Cédula de Identidad chilena N° 18.309.567-6 y D.N.I. argentino N° 34.085.335., Carlos Damián ALGAÑARAZ, alias “El Porteño”, argentino, titular del D.N.I. N° 27.300.635, Zaira Nahir BASAEZ, argentina, titular del D.N.I. N° 46.119.851 y Selene Anahí OBREGÓN, argentina, titular del D.N.I. N° 40.183.867.ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, de los afiches que obran como IF-2026-41280018-APN-DNNYRPJYMP#MSG, IF-2026-41278171-APN-DNNYRPJYMP#MSG, IF-2026-41293423-APN-DNNYRPJYMP#MSG, IF-2026-41284731-APN-DNNYRPJYMP#MSG, IF-2026-41280988-APN-DNNYRPJYMP#MSG, IF-2026-41285950-APN-DNNYRPJYMP#MSG, IF-2026-41279307-APN-DNNYRPJYMP#MSG, IF-2026-41281763-APN-DNNYRPJYMP#MSG, correspondientes a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente Resolución.ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Alejandra Susana MonteolivaNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 21/05/2026 N° 34224/26 v. 21/05/2026
Fecha de publicación 21/05/2026
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