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DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 180/2026 dispone el cierre de la Oficina Migratoria Lomas de Zamora

Disposición 180/2026 dispone el cierre de la Oficina Migratoria Lomas de Zamora

La Dirección Nacional de Migraciones emitió la Disposición 180/2026 para reorganizar su red de atención en la provincia de Buenos Aires, citando como fundamentos legales y administrativos la Ley N° 25.871, el Decreto N° 616/10 y varias disposiciones previas.

Resumen automatizado basado en documentos públicos oficiales.Este artículo fue generado automáticamente desde publicaciones oficiales y puede contener interpretaciones automatizadas. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/341633/20260506

La Disposición 180/2026 ordena el cierre de la Oficina Migratoria Lomas de Zamora y la reasignación de sus trámites a la Delegación Almirante Brown. El aviso justifica la medida con base en un informe técnico que señala insuficiencia de recursos humanos y limitaciones estructurales en la oficina afectada, así como la capacidad operativa suficiente y proximidad geográfica de la delegación receptora. No se mencionan cambios normativos sustantivos, ni modificaciones a derechos, procedimientos o requisitos migratorios.

El aviso no informa contexto histórico más allá de la cronología de habilitaciones y cambios de dependencia administrativa de oficinas migratorias en la provincia de Buenos Aires desde 2009 hasta 2022.

Usuarios de la Oficina Migratoria Lomas de Zamora, cuyos trámites serán atendidos ahora por la Delegación Almirante Brown; personal afectado a dicha oficina, cuya reubicación no se especifica.

Criterio editorial

Por qué importa

Tiene trascendencia media porque modifica la distribución territorial de la atención migratoria en una zona densamente poblada de la provincia de Buenos Aires, con impacto directo en la accesibilidad del servicio para los usuarios de esa jurisdicción.

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Disposición 180/2026

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES Disposición 180/Ciudad de Buenos Aires, 29/04/2026VISTO el Expediente EX-2026-41362326- -APN-DD#DNM del registro de la Dirección Nacional de Migraciones, organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional, la Ley N° 25.871, el Decreto N° 616 del 3 de mayo de 2010, las Disposiciones N° DI-2021-3325-APN-DNM#MI del 28 de diciembre de 2021 y N° DI-2022-132-APN-DNM#MI del 13 de enero de 2022, yCONSIDERANDO:Que a través de la Decisión Administrativa Nº 1254 del 3 de noviembre de 2016 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la Dirección Nacional de Migraciones, organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.Que mediante las Disposiciones DNM N° 813 del 4 de abril de 2014 y N° DI-2016-6746-E-APN-DNM#MI del 30 de diciembre de 2016, se aprobaron las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la estructura organizativa de la Dirección Nacional de Migraciones.Que dicha estructura prevé el funcionamiento de Delegaciones y Oficinas Migratorias en el interior del país, las que se hallan instaladas en puntos estratégicos del territorio nacional.Que mediante la Disposición N° 1576 del 30 de julio de 2009 se habilitó en la Provincia de Buenos Aires, se habilitó una oficina migratoria bajo la denominación “DELEGACIÓN ALMIRANTE BROWN”, con dependencia administrativa de Sede Central.Que a través de Disposición N° 2108 del 8 de octubre de 2009 se elevó el rango de dicha oficina, pasando a depender de la Dirección de Delegaciones.Que por la Disposición N° DI-2021-3325-APN-DNM#MI se habilitó la Oficina Migratoria Lomas de Zamora, con asiento en el Partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, bajo la órbita de la Delegación Almirante Brown.Que posteriormente, por la Disposición N° DI-2022-132-APN-DNM#MI, se dispuso su dependencia administrativa de la Dirección de Delegaciones.Que la Dirección Nacional de Migraciones, en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley N° 25.871, se encuentra facultada para establecer y modificar su organización territorial, conforme criterios de eficiencia, eficacia y adecuada prestación del servicio, de acuerdo con lo previsto en el Decreto N° 616/10.Que la Dirección de Delegaciones tiene a su cargo la evaluación permanente del funcionamiento de las dependencias bajo su órbita, a fin de adecuar su distribución y funcionamiento a las necesidades operativas del organismo;Que del Informe Técnico producido por la Dirección de Delegaciones surge que la Oficina Migratoria Lomas de Zamora presenta insuficiencia de recursos humanos disponibles, a fin de atender la demanda de trámites e importantes limitaciones estructurales para su normal funcionamiento.Que dicha situación afecta la capacidad de respuesta operativa y la calidad del servicio brindado, tornando necesario adoptar medidas de reorganización administrativa.Que en ese marco se ha evaluado la distribución territorial de las dependencias en la Provincia de Buenos Aires, verificándose que la Delegación Almirante Brown cuenta con los recursos humanos, la infraestructura y la capacidad operativa suficientes para absorber la demanda de trámites correspondientes a la jurisdicción actualmente atendida por la Oficina Migratoria Lomas de Zamora.Que la proximidad geográfica entre ambas sedes permite garantizar la continuidad en la prestación del servicio sin generar una significativa afectación en el acceso de los usuarios.Que la medida propiciada no implica la supresión del servicio migratorio brindado en la zona, sino su reordenamiento, con el objeto de optimizar los recursos disponibles y mejorar la eficiencia en la atención.Que la Dirección de Asuntos Legales de la Dirección General Técnica - Jurídica ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta en virtud de lo estatuido en la Ley N° 22.520 y sus modificatorias y a tenor de las facultades previstas por el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996 y su similar N° 37 del 8 de enero de 2024.Por ello,EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONESDISPONE:ARTÍCULO 1°.- Dispónese el cierre de la Oficina Migratoria Lomas de Zamora, con asiento en el Partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, en virtud de lo expuesto en los párrafos del Considerando de la presente medida.ARTÍCULO 2°.- Establécese que la totalidad de los trámites, gestiones y actuaciones que se realizaban en la citada oficina serán canalizados a través de la Delegación Almirante Brown de la Dirección de Delegaciones, la que asumirá la competencia territorial correspondiente.ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a la Dirección de Delegaciones a adoptar las medidas necesarias para asegurar la continuidad del servicio, incluyendo la reubicación del personal y la reasignación de los recursos materiales.ARTÍCULO 4°.- Gírense las actuaciones a la Dirección General de Administración, a la Dirección General de Movimiento Migratorio, a la Dirección General de Inmigración, a la Dirección General de Sistemas y Tecnologías de la Información y a la Dirección de Delegaciones, a fin de implementar las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente medida.ARTÍCULO 5°.- Déjanse sin efecto las Disposiciones N° DI-2021-3325-APN-DNM#MI del 28 de diciembre de 2021 y N° DI-2022-132-APN-DNM#MI del 13 de enero de 2022, en lo que respecta a la Oficina Migratoria Lomas de Zamora.ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.Sebastian Pablo Seoanee. 06/05/2026 N° 29473/26 v. 06/05/2026 Fecha de publicación 06/05/2026