La resolución comunica una rectificación formal derivada de un error material involuntario: se omitió ordenar la publicación en el Artículo 3° de la Resolución 475/2026, por lo que se modifica dicho artículo para incluir 'comunicar, publicar'. El aviso no informa el contenido del anexo sustituido ni sus efectos materiales sobre GAS NEA S.A.
El aviso no informa contexto histórico; menciona la creación del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD por el Decreto 452/25 y la continuidad de las unidades organizativas de ENARGAS y ENRE, pero no describe evolución histórica ni marcos regulatorios previos.
GAS NEA S.A. es mencionada como destinataria de la notificación; el aviso no identifica a otros afectados ni especifica consecuencias para la empresa.
Por qué importa
La trascendencia es alta porque se trata de una rectificación formal de un acto administrativo previo que afecta su validez y publicidad, requisito indispensable para su eficacia según el ordenamiento administrativo citado.
