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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 810/2026 delega firma de certificados de autoridades de Agentes del Seguro de Salud

Resolución 810/2026 delega firma de certificados de autoridades de Agentes del Seguro de Salud

La resolución delega en la Gerencia de Control Prestacional la facultad de firmar los certificados que reconocen las autoridades de los Agentes del Seguro de Salud.

Resumen automatizado basado en documentos públicos oficiales.Este artículo fue generado automáticamente desde publicaciones oficiales y puede contener interpretaciones automatizadas. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/341500/20260504

La Resolución 810/2026 delega la firma de certificados de autoridades de Agentes del Seguro de Salud en la titular de la Gerencia de Control Prestacional, manteniéndose intacta la posición estructural de la Coordinación de Registros de Agentes del Seguro en la Gerencia de Asuntos Jurídicos. La delegación se fundamenta en razones de eficacia, economía procedimental y organización administrativa, y se enmarca en la Ley N° 19.549 y su decreto reglamentario. El aviso no informa modificaciones en funciones, atribuciones, estructura orgánica, personal ni régimen de control legal.

El aviso no informa contexto histórico previo más allá de la referencia a la Resolución 1463/2024, que dispuso la transferencia operativa de la Coordinación de Registros de Agentes del Seguro a la Gerencia de Control Prestacional.

El aviso no identifica personas, instituciones o grupos afectados más allá de las entidades administrativas mencionadas: Gerencia de Control Prestacional, Gerencia de Asuntos Jurídicos y Coordinación de Registros de Agentes del Seguro.

Criterio editorial

Por qué importa

La resolución tiene trascendencia media por ser un acto de delegación administrativa que afecta la emisión de certificados oficiales, según indica el tipo de acto y la trascendencia asignada en el encabezado. El aviso no informa impactos directos sobre prestadores, afiliados, usuarios ni cobertura.

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Documento base

Texto original

Resolución 810/2026

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Resolución 810/Ciudad de Buenos Aires, 27/04/2026VISTO el Expediente Nº EX-2026-39127611- -APN-SG#SSS, las Leyes Nros. 23.660 y sus modificaciones, 23.661 y sus modificaciones; los Decretos Nros. 1759 del 3 de abril de 1972 y sus modificatorios, 1615 del 23 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, 2710 del 28 de diciembre de 2012 y sus modificatorios, 440 del 27 de junio de 2025; las Resoluciones del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Nros. 2621 del 10 de septiembre de 2013 y 1463 del 24 de julio de 2024, yCONSIDERANDO:Que mediante la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD N° 1463/2024 se dispuso la transferencia operativa de la Coordinación de Registros de Agentes del Seguro a la órbita de la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL, manteniendo su posición estructural en la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS.Que, conforme las acciones asignadas a dicha Coordinación, le compete la recepción y análisis de las solicitudes vinculadas con los registros de los Agentes del Seguro de Salud, la verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente, la producción de los informes técnicos correspondientes y la actualización permanente de los registros.Que, en ese marco, la tramitación de los certificados mediante los cuales se reconocen las autoridades de los Agentes del Seguro de Salud se sustenta en la verificación previa de la documentación respaldatoria y en la intervención técnica de la citada Coordinación.Que la experiencia recogida en la operatoria posterior a la referida transferencia aconseja adoptar medidas tendientes a optimizar la gestión administrativa, dotando de mayor celeridad a la emisión de los certificados mencionados.Que, en atención a que la operatoria registral y la evaluación de la documentación se encuentran actualmente bajo la órbita de la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL, razones de eficacia, economía procedimental y adecuada organización administrativa tornan conveniente delegar en dicha instancia la firmade los certificados de autoridades.Que la delegación que se propicia se enmarca en lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N° 19.549 y el artículo 2° de su Decreto Reglamentario N° 1759/1972, y no implica transferencia de competencia sino una delegación de gestión.Que la presente medida no altera el régimen de control de legalidad propio de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, el cual continuará ejerciéndose en el ámbito de su actuación.Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS tomó la intervención de su competencia.Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615 del 23 de diciembre de 1996, 2710 del 28 de diciembre de 2012 y 440 del 27 de junio de 2025.Por ello,EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUDRESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Delégase en quien detente la titularidad de la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD la firma de los certificados mediante los cuales se reconocen las autoridades de los Agentes del Seguro de Salud y de las actuaciones vinculadas a su emisión, conforme las constancias obrantes en las actuaciones y la intervención de la Coordinación de Registros de Agentes del Seguro.ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y vincúlese al expediente electrónico que le dio origen.Claudio Adrián Stivelmane. 04/05/2026 N° 28305/26 v. 04/05/2026 Fecha de publicación 04/05/2026