Gobierno centraliza redistribución de bienes de rezago aduanero para infancia y defensa
En una jornada única, la Subsecretaría de Gestión Institucional emitió cinco disposiciones que reasignan, ceden o autorizan la cesión sin cargo de bienes de rezago aduanero —desde vehículos hasta neumáticos— a la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y al Ministerio de Defensa, aplicando de forma coordinada la Ley N° 25.603 y su reglamentación reciente.
18 de mayo de 2026 · 5 fuentes

La Subsecretaría de Gestión Institucional de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación dispuso, en un solo día, una serie de actos administrativos que reconfiguran el destino de bienes puestos a disposición del Estado por aduanas de todo el país. Las disposiciones 34/2026 a 38/2026 no constituyen decisiones aisladas, sino una operación integrada de gestión patrimonial que da curso a solicitudes previas de organismos ejecutores y resuelve situaciones pendientes de asignación —como la caducidad del plazo de retiro por parte de una municipalidad— bajo un marco normativo común y una línea de política explícita.
El eje unificador es la aplicación sistemática de la Ley N° 25.603, que regula la afectación de mercaderías incautadas, no reclamadas o abandonadas en jurisdicción aduanera. Los actos no crean nuevas facultades, sino que ejecutan los arts. 4°, 5° y 13° de esa ley, habilitando la cesión sin cargo de bienes a fines sociales o estratégicos, siempre que se garantice su uso conforme al destino establecido y se prohíba su comercialización por cinco años. En este caso, dos destinos primarios emergen con claridad: la atención de niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad social, y el fortalecimiento de capacidades operativas del Ministerio de Defensa.
Las medidas incluyen la cesión directa de bienes ya puestos a disposición por aduanas de Buenos Aires, Salta, Tucumán, Santiago del Estero, Tinogasta y Córdoba; la autorización formal de cesiones solicitadas por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y el Ministerio de Defensa; y la reasignación de siete vehículos tras la caducidad del plazo de retiro por la Municipalidad de General Roca. Aunque los avisos no detallan cantidades, valores ni descripciones técnicas específicas, sí explicitan el origen aduanero, la base legal y las condiciones de uso vinculadas a cada destino.
Esta secuencia sugiere una consolidación operativa del régimen de rezago aduanero como instrumento de política pública transversal, donde la Secretaría General asume un rol de coordinación central entre aduanas, ARCA, AFIP y ministerios ejecutores. La Resolución RESOL-2025-138-APN-SGP, emitida en abril de 2025, parece haber funcionado como el marco habilitante para esta oleada de decisiones, que se materializa ahora con criterios de trazabilidad, equidad territorial y prohibición de comercialización. Fuentes: Disposiciones 34/2026 (aviso 342056), 35/2026 (342057), 36/2026 (342058), 37/2026 (342059) y 38/2026 (342060), publicadas el 18/05/2026 en el Boletín Oficial.
Entidades clave
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