AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO ADUANA BERNARDO DE IRIGOYEN
Disposición 274/Bernardo de Irigoyen, Misiones, 19/10/2026VISTO, lo establecido en los Artículos N.° 417 y siguientes de la Ley N.° 22.415, la Ley N.° 25.603, el CONVE-2020-00621694-AFIP, yCONSIDERANDO:Que, el 22 de septiembre de 2020 se suscribió una adenda al Convenio N.° 12/2015 (AFIP) firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, que permite la celebración de subastas públicas bajo la modalidad electrónica a través de la plataforma web de la citada entidad bancaria;Que, la División Coordinación de Secuestros y Rezagos de la Dirección Coordinación y Aduanera, en coordinación con las autoridades del Banco Ciudad de Buenos Aires, comunicaron la inclusión en la subasta electrónica N.° 3.973, a realizarse el día 05/11/2026, de la mercadería detallada en el Anexo N.°IF-2026-03328652-ARCA SSUMADBEIR_SDGOAI.Que, las mercaderías pertenecientes a los Lotes N.° 23082GSM000093 y 23082GSM000094, detalladas en dicho ANEXO, fueron ofrecidas oportunamente en la Subasta N.° 3.669 de fecha 28/08/2025, resultando sin postor y que de acuerdo a lo dispuesto en el Art. N.° 431 Apartado II de la Ley N.° 22.415 e Instrucción General N.° 007/2004, se procede a ofrecer la misma a un valor base inferior en las condiciones que fija la reglamentación antes mencionada;Que, respecto de la mercadería de los Lotes N.° 23082GSM000093 y 23082GSM000094, perteneciente a los EXPEDIENTES FPO. N.° 5.502/2023 y 5.503/2023, el Juzgado Federal de Eldorado ordena, mediante los Oficios N.° 700/2024 y 731/2024, que: “...para evitar el irremediable deterioro de la mercadería, conservando su valor patrimonial corresponde registrarla a disposición de la Dirección General de Aduanas, autorizando su subasta...”;Que, mediante Nota N.° NO-2025-00637856-AFIP-DIRANE#SDGOAI, la Dirección Regional Aduanera elevó una consulta al Instituto Nacional de Alimentos (INAL), a efectos de requerir su intervención conforme a lo establecido en la Disposición ANMAT N.° 10088-E/2017, respecto de los Lotes N.° 23082GSM000093 y 23082GSM000094; y que, en respuesta, mediante Nota N.° NO- 2025-28410969- APN-DFYC#ANMAT, dicho organismo informó que los productos consultados pueden ser comercializados en una subasta pública;Que, el presente acto, coadyuva al cumplimiento de un objeto prioritario de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, en materia de descongestionamiento de los depósitos y la reducción de los costos por almacenaje de las mercaderías cuya guarda y custodia tiene encomendada;Que, la comercialización impulsada en la presente se efectuará en pública subasta, bajo modalidad electrónica en los términos del convenio citado en el visto;Que, las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como así también el catalogo correspondiente con el detalle de los valores base, descripción y fotografías de los bienes, se encontrará disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/;Que, ha tomado conocimiento la División Evaluación y Control de Procesos Operativos Regionales de la Dirección Regional Aduanera Noreste y la División Coordinación de Secuestros y Rezagos de la Dirección Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera;Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N.° 618/1997 del 10 de Julio de 1997.Por ello,EL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYENDISPONE:ARTICULO 1º.- Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben — con la debida antelación y bajo modalidad electrónica—, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo N.° IF-2026-03328652-ARCA-SSUMADBEIR_SDGOAI que integra la presente.ARTICULO 2º.- La subasta pública de las mercaderías detallas se efectuará por intermedio del BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, bajo modalidad electrónica a través de la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 05 de Noviembre de 2026.ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese a la División de Secuestros y Rezagos para la intervención de su competencia. Publicar la presente subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el plazo de UN (1) día. Cumplido, archívese.Jose Antonio MaidanaNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 20/10/2026 N° 77723/26 v. 20/10/2026
Fecha de publicación 20/10/2026
Anexo - 1