✓ Verificado automáticamente contra la fuente oficialCómo verificamos →
media trascendenciaprimeraotro

MINISTERIO DE SALUD

Salud homologa convenio para subsidios en consumo problemático

Salud homologa convenio para subsidios en consumo problemático

El Ministerio de Salud aprobó el acceso a subsidios directos para tratamiento de personas con consumo problemático.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/349311/20261020

El Ministerio de Salud homologó un convenio que permite el pago directo de subsidios a instituciones que atienden a personas con consumo problemático de sustancias, asegurando continuidad en el acceso a tratamientos especializados en todo el país.

Publicidad

Próximamente

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El Ministerio de Salud homologó dos planes nacionales sobre salud vascular y enfermedades cardiovasculares el 15/10/2026 (IDs 348981 y 348980).
  • El 19/10/2026 se revocó una delegación temporal (ID 349236), y el 13/10/2026 se renovó una designación en un hospital (ID 348841).
Criterio editorial

Por qué importa

Tiene trascendencia media porque afecta la operatividad de un programa social clave en salud pública, con impacto concreto en un grupo vulnerable, aunque no genera cambios en derechos o montos para la población general.

Claves de lectura

Entidades y temas

Seguir leyendo

Lo que sigue moviendo el tablero oficial

2 piezas
Mismo organismo

Seguí la agenda de MINISTERIO DE SALUD

3 avisos
Mismo tipo de acto

Otras decisiones bajo otro

3 avisos
Correcciones

Reportar un problema

Publicidad

Próximamente

Documento base

Texto original

Resolución 1458/2026

MINISTERIO DE SALUD Resolución 1458/Ciudad de Buenos Aires, 16/10/2026VISTO el EX-2026-80336946- -APN-DTAS#MS, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 45 del 14 de diciembre de 2023, 49 del 11 de enero de 2024 y 193 del 25 de marzo de 2026, las Resoluciones Nros. 71 del 1° de marzo de 2023 de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA y 2924 del 25 de noviembre de 2025 del MINISTERIO DE SALUD, yCONSIDERANDO:Que por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, se asignó la competencia a este Ministerio para entender en el diseño y ejecución de políticas públicas para la prevención y tratamiento relacionadas con el consumo de sustancias psicoactivas.Que por el Decreto N° 45/23 se transfirió la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al MINISTERIO DE SALUD.Que por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios se aprobó oportunamente el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, determinando que la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA forma parte de la estructura centralizada del Organismo Sanitario Nacional.Que por el ya referido Decreto, y sus modificatorios, se asignó la competencia a la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA para “…elaborar políticas y planificar estrategias nacionales que tengan como eje principal el cuidado de las personas, a través de la atención, la prevención, el tratamiento y la capacitación en materia de consumo problemático…”Que por la Resolución N° 71/23 de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA se creó, en la órbita de la Secretaría mencionada, el PROGRAMA DE SUBSIDIOS PARA EL ABORDAJE INTEGRAL DE PERSONA CON CONSUMO PROBLEMÁTICOS y se aprobaron los aranceles prestacionales aplicables.Que el aludido Programa tiene como objetivo “Garantizar el acceso a un abordaje integral en establecimientos especializados en materia de consumo problemático de sustancias a toda persona, mayor de 18 años, que lo solicite y no cuente con cobertura médica que garantice acceso a un tratamiento y/u otro tipo de cobertura que resulte incompatible con el subsidio otorgado, o no cuente su cobertura con tratamientos especializados en la problemática, en todo el territorio nacional”.Que, en efecto, tal como se explica en el Anexo I de la citada Resolución, se trata de una prestación económica denominada subsidio personal, que consiste en una suma de dinero no reintegrable que se otorga a las personas con consumo problemático de sustancias para el pago del monto total de una prestación en las instituciones con convenio con la SEDRONAR, que se liquidará en forma mensual.Que, dada la complejidad de la cuestión y la situación de vulnerabilidad que revisten los beneficiarios, el Estado ha considerado adecuado que el otorgamiento de estos subsidios personales se haga efectivo mediante transferencias en concepto de subsidio directamente a las instituciones a través de las cuales se brindan las prestaciones objeto del subsidio.Que los subsidios sub examine son otorgados a las personas, siendo las instituciones que reciben el dinero la herramienta sanitaria utilizada para el cumplimiento de la finalidad normativa.Que, a esos efectos, por la Resolución N° 2924/25 del MINISTERIO DE SALUD se aprobaron los montos vigentes en el marco del PROGRAMA DE SUBSIDIOS PARA EL ABORDAJE INTEGRAL DE PERSONAS CON CONSUMO PROBLEMÁTICOS, vigentes a partir del día 1° de noviembre de 2025 y de aplicación al Programa regulado por la Resolución N° 71/23 de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA.Que la SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS considera necesario incrementar los montos máximos aprobados por la Resolución N° 2924/25 del MINISTERIO DE SALUD, en función de cada Categoría y modalidad prestacional prevista, conforme el detalle contenido en el ANEXO I (IF-2026-80381644-APN-SSAYAMD#MS) de la presente medida, con vigencia a partir del día 1° de noviembre de 2026.Que de acuerdo a los fundamentos expuestos por la citada Subsecretaría, y en virtud del incremento de los costos fijos y otras variables que integran el presupuesto de las instituciones prestadoras adheridas al PROGRAMA DE SUBSIDIOS PARA EL ABORDAJE INTEGRAL DE PERSONAS CON CONSUMOS PROBLEMÁTICOS suscitados desde la última actualización dispuesta, es preciso disponer un aumento de los montos reconocidos en concepto de subsidios para el abordaje integral a personas con consumo problemático en instituciones convenidas en el marco del aludido Programa.Que tal iniciativa tiene por objetivo el fortalecimiento de las acciones que desarrollan las instituciones con destino a las personas beneficiarias de los subsidios, a fin de dotarlas de mayores herramientas y recursos para su funcionamiento y evitar una merma en la calidad de la prestación que ofrecen, en contexto de un incremento en la problemática de los consumos y el consecuente crecimiento en la demanda de abordajes específicos evidenciada.Que la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA ha tomado la intervención de su competencia y prestado su conformidad a la presente medida.Que la DIRECCIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA DE LA SEDRONAR ha tomado la intervención de su competencia, certificando la existencia de fondos para afrontar el gasto que demandará la implementación de la medida.Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 103 de la Constitución Nacional y por la Ley N° 22.520 y sus modificatorias.Por ello,EL MINISTRO DE SALUDRESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto, a partir del día 1° de noviembre de 2026, la Resolución N° 2924 del 25 de noviembre de 2025 del MINISTERIO DE SALUD.ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los nuevos montos vigentes en el marco del PROGRAMA DE SUBSIDIOS PARA EL ABORDAJE INTEGRAL DE PERSONAS CON CONSUMOS PROBLEMÁTICOS, creado por la Resolución N° 71 del 1° de marzo de 2023 de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, que como ANEXO I (IF-2026-80381644-APN-SSAYAMD#MS) forma parte integrante de la presente Resolución, los que regirán a partir del día 1° de noviembre de 2026.ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas para el correspondiente año financiero.ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Oportunamente, archívese.Mario Iván LugonesNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 20/10/2026 N° 77536/26 v. 20/10/2026 Fecha de publicación 20/10/2026   Anexo - 1