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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

Jefatura de Gabinete homologa convenio textil con aumento del 8%

Jefatura de Gabinete homologa convenio textil con aumento del 8%

El 4 de febrero de 2026, la Jefatura de Gabinete de Ministros validó un acuerdo salarial para el sector textil mediante la Resolución 330/2026. El acto aplica a todos los contratistas y empleadores bajo el régimen de la Administración Pública Nacional.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/349229/20261019

La Resolución 330/2026, emitida por la Secretaría de Coordinación Legal y Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, homologa el convenio colectivo del sector textil con un aumento salarial del 8%. Este acto da fuerza obligatoria al acuerdo previamente negociado entre sindicatos y empleadores, asegurando su aplicación en toda la Administración Pública Nacional.

La Jefatura de Gabinete de Ministros asumió funciones de coordinación y gestión del personal y presupuesto tras cambios estructurales en la administración pública, consolidándose como eje central de la gestión estatal desde 2008.

Los trabajadores del sector textil que están cubiertos por el convenio colectivo ganan la garantía de que sus condiciones salariales y laborales serán respetadas. Las empresas del sector textil quedan obligadas a cumplir con el acuerdo. No se mencionan perdedores directos en el texto.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • La Resolución 323/2026, emitida el 16/10/2026, homologó un convenio textil con aumento del 8% con vigencia desde el 25/10/2024.
  • En los últimos 30 días, el organismo emitió 25 actos de igual naturaleza y 6 convenios laborales, lo que indica una alta frecuencia de este tipo de actos.
Criterio editorial

Por qué importa

Afecta directamente a miles de trabajadores del sector textil, establece condiciones salariales obligatorias en contrataciones estatales y refuerza el rol centralizador de la Jefatura de Gabinete en la gestión de acuerdos sociales.

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Documento base

Texto original

Resolución 330/2026

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA Resolución 330/Ciudad de Buenos Aires, 16/10/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-76335157-APN-DGDYL#MI, la Ley N° 27.798, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 958 de fecha 25 de octubre de 2024, 85 de fecha 4 de febrero de 2026, 571 de fecha 2 de julio de 2026, 581 de fecha 8 de julio de 2026, la Resolución N° 78 de fecha 29 de septiembre de 2026 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, yCONSIDERANDO:Que por la Ley N° 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026.Que por el Decreto N° 958/24 se estableció que corresponde al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.Que por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al entonces MINISTERIO DEL INTERIOR.Que por el Decreto N° 85/26, modificatorio del Decreto N° 50/19, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR.Que conforme surge del Decreto N° 571/26, los compromisos y obligaciones asumidos por el entonces MINISTERIO DEL INTERIOR estarán a cargo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, considerándose transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes a la fecha hasta tanto se aprueben las estructuras correspondientes.Que en el marco del Decreto N° 581/26, se sustituye del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.Que el artículo 17 del Decreto N° 581/26 establece que hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría.Que la Resolución Nº 78/26 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias delega en el titular de la SECRETARÍA DE COORDINACION LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las facultades detalladas en su Anexo I, entre ellas la de efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias..Que en ese sentido, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Coordinador de la Cordinación Deporte Convencional dependiente de la DIRECCIÓN DE DEPORTE FEDERADO Y ADAPTADO de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DEPORTIVO, FEDERATIVO Y REPRESENTACIÓN NACIONAL de la SUBSECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.Que las áreas competentes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO han tomado la debida intervención.Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico pertinente.Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 958/24 y en ejercicio de la facultad delegada por el artículo 1° de la Resolución N° 78/26 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.Por ello,LA SECRETARIA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVARESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 18 de agosto de 2026 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Licenciado Damián Martín PÉREZ (D.N.I. N° 30.833.489) en el cargo de Coordinador de la Coordinación Deporte Convencional dependiente de la DIRECCIÓN DE DEPORTE FEDERADO Y ADAPTADO de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DEPORTIVO, FEDERATIVO Y REPRESENTACIÓN NACIONAL de la SUBSECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES de la VICEJEFATURA DE GABINETE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un Nivel B – Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho Convenio.ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente resolución deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente medida.ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas correspondientes.ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dentro del plazo de CINCO (5) días de publicada la presente medida, conforme lo dispuesto en el artículo 3º de la Resolución N° 20 de fecha 15 de noviembre de 2024 de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA.ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Mariana Velloe. 19/10/2026 N° 77074/26 v. 19/10/2026 Fecha de publicación 19/10/2026

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