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MINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE ENERGÍA

38 establecimientos del MEM cambian de categoría: de GUMA a GUME según Resolución 287/2026

38 establecimientos del MEM cambian de categoría: de GUMA a GUME según Resolución 287/2026

La Secretaría de Energía homologó el cambio de categoría de 38 establecimientos del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), que pasaron de ser Grandes Usuarios Mayores (GUMAs) a Grandes Usuarios Menores (GUMEs), con efecto desde el 17 de junio de 2026.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/349036/20261016

La Resolución 287/2026, emitida por la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, autoriza el cambio de categoría de 38 establecimientos del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) que habían solicitado pasar de ser Grandes Usuarios Mayores (GUMAs) a Grandes Usuarios Menores (GUMEs). Este cambio fue validado por CAMMESA mediante su informe técnico del 17 de junio de 2026, que confirmó que las demandas reales de potencia y energía de estos puntos de suministro cumplen con los requisitos técnicos establecidos en el Anexo 17 de "Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista".

La regulación del mercado eléctrico argentino se ha desarrollado desde la creación del MEM en 1992, con la sanción de la Ley N° 15.336 y la posterior implementación de normas como la Resolución 61/92, que definen las categorías de usuarios. Estas bases legales persisten como marco operativo hasta hoy.

Los establecimientos cuyos datos figuran en el Anexo (IF-2026-94583091-APN-DNRYDSE#MEC) del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) son los afectados directos por el cambio de categoría. No se menciona ningún otro actor como perdedor o beneficiario indirecto.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • La Resolución 271/2026 (ID 348359) ya había autorizado cambios de titularidad en el MEM, reforzando la dinámica regulatoria sobre la estructura de agentes.
  • La homologación de cambios de usuarios eléctricos (ID 348914) evidencia una continuidad en las intervenciones sobre la condición jurídica y operativa de participantes del mercado mayorista.
Criterio editorial

Por qué importa

El cambio afecta directamente a 38 establecimientos industriales o comerciales del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) cuyos datos figuran en el Anexo (IF-2026-94583091-APN-DNRYDSE#MEC), modificando su clasificación dentro del mercado y sus condiciones de participación en cuanto a precios, programación y despacho de carga.

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Documento base

Texto original

Resolución 287/2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA Resolución 287/Ciudad de Buenos Aires, 14/10/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-60675674- -APN-DGDA#MEC, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y sus modificaciones, las Resoluciones Nros. 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y 137 de fecha 30 de noviembre de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y sus modificatorias y complementarias, yCONSIDERANDO:Que las firmas titulares de los establecimientos incorporados al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como agentes GRANDES USUARIOS MAYORES (GUMAs), indicadas en el Anexo (IF-2026-94583091-APN-DNRYDSE#MEC), que forma parte integrante de esta resolución, han solicitado a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) su cambio de categoría a GRANDES USUARIOS MENORES (GUMEs).Que los puntos 2.e.1 y 10.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), establecen determinados requisitos de demanda de potencia y energía para consumo propio para que un agente del MEM esté encuadrado como GRAN USUARIO MAYOR (GUMA) o GRAN USUARIO MENOR (GUME).Que CAMMESA informó, mediante la Nota N° B-185414-1 de fecha 17 de junio de 2026 (IF-2026-60675139-APN-DGDA#MEC), que las solicitudes realizadas por las citadas firmas resultan razonables en virtud de la demanda que poseen los respectivos puntos de suministro.Que se consideran cumplidos los requisitos normativos establecidos en el punto 2.e del Anexo 17 de Los Procedimientos, para la autorización de los cambios de categoría solicitados.Que el listado de las firmas solicitantes se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.991 de fecha 14 de septiembre 2026, no habiéndose recibido objeciones u oposiciones al respecto.Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta en virtud las facultades conferidas por los Artículos 36 y 37 de la Ley N° 15.336 y 35 de la Ley N° 24.065, por el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y por la Resolución N° 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementariasPor ello,LA SECRETARIA DE ENERGÍARESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Autorízanse los cambios de categoría de los establecimientos incorporados al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como agentes GRANDES USUARIOS MAYORES (GUMAs) a GRANDES USUARIOS MENORES (GUMEs), solicitados por las firmas que figuran en el Anexo (IF-2026-94583091-APN-DNRYDSE#MEC) que forma parte integrante de la presente medida, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.ARTÍCULO 2°.- Instrúyese al Organismo Encargado del Despacho (OED) a notificar a las firmas indicadas en el Anexo (IF-2026-94583091-APN-DNRYDSE#MEC) que integra la presente medida, e informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en este acto.ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENReGE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.María Carmen TettamantiNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 16/10/2026 N° 76436/26 v. 16/10/2026 Fecha de publicación 16/10/2026   Anexo - 1

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