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COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO URUGUAY

Modifican reglamento de pesca en el río Uruguay

Modifican reglamento de pesca en el río Uruguay

La Comisión Administradora del Río Uruguay ajusta normas de pesca deportiva.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348072/20260928

La Comisión Administradora del Río Uruguay actualizó el reglamento de pesca en la zona de seguridad aguas abajo de la represa de Salto Grande, definiendo claramente los límites geográficos de aplicación.

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La modificación afecta directamente a los pescadores deportivos y a las autoridades de control en una zona transfronteriza, lo que requiere claridad y difusión efectiva.

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Resolución Sintetizada 63/2026

COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO URUGUAY Resolución Sintetizada 63/La Comisión Administradora del Río Uruguay informa que con fecha 21 de septiembre de 2026 ha dictado la Resolución Nº 63/2026 cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO URUGUAYRESUELVE:Artículo 1º) Modificar el “Reglamento de Pesca y Devolución en la Zona de Seguridad Aguas Abajo de la Represa de Salto Grande”, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Capítulo 1. Disposiciones Generales. 1. Ámbito Físico. El presente reglamento regula la pesca deportiva en el área comprendida entre la línea imaginaria que une ambas márgenes a una distancia de quinientos (500) metros paralela al eje de la presa aguas abajo y el final de la zona de seguridad aguas debajo de la represa Salto Grande”.Artículo 2º) Publíquese la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de la República Argentina, en el DIARIO OFICIAL de la República Oriental del Uruguay y en el sitio web de la Comisión Administradora del Río Uruguay.Artículo 3º) Comuníquese a las Autoridades de Aplicación y Control establecidas en el artículo 2° del “Reglamento de Pesca y Devolución en la Zona de Seguridad Aguas Abajo de la Represa de Salto Grande”.Artículo 4º) Encomendar a la Secretaría de Actas efectuar las adecuaciones correspondientes en el texto del “Reglamento de Pesca y Devolución en la Zona de Seguridad Aguas Abajo de la Represa de Salto Grande”, de conformidad con lo dispuesto en la presente Resolución.Artículo 5º) Pase a las Secretarías Administrativa y Técnica y, cumplido, archívese.María Cecilia Bottino - Francisco Mansanta - Claudio Quintanae. 28/09/2026 N° 70901/26 v. 28/09/2026 Fecha de publicación 28/09/2026