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MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Homologan convenio salarial en el sector aéreo

Homologan convenio salarial en el sector aéreo

Ministerio de Capital Humano homologa acuerdo entre sindicato y Latam Airlines

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348014/20260925

El Ministerio de Capital Humano homologó un nuevo convenio salarial entre un sindicato y Latam Airlines, lo que otorga validez legal a las condiciones pactadas y afecta a los trabajadores del sector aéreo.

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Antecedentes relacionados

  • En los ultimos 120 dias se detectaron 31 avisos vinculados con homologacion o registro de acuerdos laborales.
  • La mayor concentracion aparece en MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO (31).
  • Los sectores mas repetidos son comercio y servicios (18), industria textil (8), ferroviario (2).
Serie laboral

Acuerdos homologados recientes

En los ultimos 120 dias se detectaron 31 avisos vinculados con homologacion o registro de acuerdos laborales.

Organos mas activos
  • MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO31
Ramas inferidas
  • comercio y servicios18
  • industria textil8
  • ferroviario2
  • sector publico laboral2
  • La mayor concentracion aparece en MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO (31).
  • Los sectores mas repetidos son comercio y servicios (18), industria textil (8), ferroviario (2).
  • La inferencia se basa en titulos, organismos y texto oficial disponible; no reemplaza la lectura del acuerdo homologado completo.
Criterio editorial

Por qué importa

La homologación de un convenio colectivo en el sector público tiene impacto directo en miles de trabajadores y refuerza el marco normativo de la negociación laboral.

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Documento base

Texto original

Disposición 530/2026

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 530/Ciudad de Buenos Aires, 20/04/2026VISTO el Expediente N° EX-2025-136984959- -APN-DGDYD#JGM, las Leyes Nros. 14.250 (t.o. 2004), 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2004), y el Decreto N° 200 de fecha 16 de febrero de 1988 y sus modificatorias, yCONSIDERANDO:Que en las páginas 2/4 del documento N° RE-2025-136983627-APN-DGDYD#JGM del Expediente N° EX-2025-136984959- -APN-DGDYD#JGM, obra el acuerdo celebrado, con fecha 27 de noviembre de 2025, entre la UNION PERSONAL AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS, por la parte sindical, y la empresa LATAM AIRLINES SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empresaria, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).Que mediante el mentado acuerdo las partes establecen modificaciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 271/75, conforme a las condiciones y términos pactados.Que, en torno al aporte solidario acordado, se deja indicado a las partes que deberán estarse al porcentaje máximo previsto por el Artículo 133 de la Ley N° 27.802.Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la correspondencia entre la actividad de la empresa firmante y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.Que, los delegados de personal han ejercido la representación que les compete en la negociación, en los términos del Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).Que la Asesoría Técnico Legal de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO tomó la intervención que le compete.Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de registración, de conformidad con los antecedentes mencionados.Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°14.250 (t.o. 2004), el Artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorias y el DECTO-2024-862-APN-PTE.Por ello,LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:ARTICULO 1º.- Procédase al registro del acuerdo obrante en las páginas 2/4 del documento N° RE-2025-136983627-APN-DGDYD#JGM del Expediente N° EX-2025-136984959- -APN-DGDYD#JGM, celebrado entre la UNION PERSONAL AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS, por la parte sindical, y la empresa LATAM AIRLINES SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empresaria, con los alcances y limitaciones que surgen del considerando tercero de la presente, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para su registro. Cumplido, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO a fin de proceder al registro del instrumento identificado en el Artículo 1° de la presente Disposición.ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente expediente conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 271/75.ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no efectúe la publicación de carácter gratuita del instrumento registrado y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.Mara Agata MentoroNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 25/09/2026 N° 69883/26 v. 25/09/2026 Fecha de publicación 25/09/2026   Anexo - 1