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MINISTERIO DE ECONOMÍA - SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL

Subsecretaría de Producción Agropecuaria designa a funcionario

Subsecretaría de Producción Agropecuaria designa a funcionario

Se designa a un funcionario en la Subsecretaría de Producción Agropecuaria y Forestal del Ministerio de Economía.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347530/20260916

La disposición designa a un funcionario en la Subsecretaría de Producción Agropecuaria y Forestal. El acto se emite en el marco de la estructura institucional del Ministerio de Economía.

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Es un acto individual de designación sin impacto general ni relevancia pública inmediata.

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Disposición 16/2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL Disposición 16/Ciudad de Buenos Aires, 11/09/2026VISTO el Expediente Nº EX-2025-127209546- -APN-DNB#MEC, las Resoluciones Nros. 235 de fecha 6 de septiembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, y 132 de fecha 10 de noviembre de 2021 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, yCONSIDERANDO:Que por la Resolución Nº 235 de fecha 6 de septiembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, se crea el “PROGRAMA BIOPRODUCTO ARGENTINO” en el ámbito de la entonces SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del citado ex - Ministerio.Que por la Resolución Nº 132 de fecha 10 de noviembre de 2021 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se aprueba el Reglamento para el Otorgamiento del Derecho de Uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” y del “Certificado de Interés”.Que la firma BIOELEVEN S.A.S. (C.U.I.T. N° 30-71875309-7), ha solicitado el otorgamiento del derecho de uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” para los productos biotextiles que se detallan en el Anexo (IF-2026-08009258-APN-DNB#MEC) que forma parte integrante de la presente disposición.Que la COMISIÓN NACIONAL ASESORA DE BIOMATERIALES (COBIOMAT) en su reunión de fecha 19 de noviembre de 2025 se ha expedido al respecto, considerando que la solicitud es meritoria únicamente para el otorgamiento del Certificado de Interés “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, categoría Investigación.Que la citada Comisión Nacional recomienda mantener el contenido biobasado de los productos en el CIEN POR CIENTO (100%).Que la Coordinación de Innovación y Biotecnología de la Dirección Nacional de Bioeconomía de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ha producido el correspondiente dictamen, sin consignar observaciones que obsten al otorgamiento de la distinción, considerando razonable extender el Certificado de Interés, categoría Investigación, a la firma BIOELEVEN S.A.S.Que el Certificado de Interés “BIOPRODUCTO ARGENTINO” que por la presente medida se otorga, es al efecto de indicar que los productos provienen de o son material biobasado y no implica la aprobación de venta comercial de los productos o sus derivados, debiendo tramitarse dicha aprobación conforme la normativa vigente.Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y por las citadas Resoluciones Nros. 235/17 y 132/21.Por ello,EL SUBSECRETARIO DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTALDISPONE:ARTÍCULO 1º.- Otórgase por única vez el Certificado de Interés “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, categoría Investigación, a la firma BIOELEVEN S.A.S. (C.U.I.T. N° 30-71875309-7), para los productos biotextiles que se detallan en el Anexo (IF-2026-08009258-APN-DNB#MEC) que forma parte integrante de la presente disposición.ARTÍCULO 2º.- Establécese que los productos referidos en el Artículo 1º de la presente medida estarán constituidos por el CIEN POR CIENTO (100%) de material biobasado.ARTÍCULO 3º.- El Certificado de Interés “BIOPRODUCTO ARGENTINO” que por la presente medida se otorga, es al efecto de indicar que los productos provienen de o son material biobasado. En consecuencia, la puesta en el mercado del producto o sus derivados deberá tramitarse ante los organismos que correspondan conforme la normativa vigente.ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Manuel Jose Chiappe BerissoNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 16/09/2026 N° 66882/26 v. 16/09/2026 Fecha de publicación 16/09/2026   Anexo - 1