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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA OBERÁ

Aduana de Oberá autoriza subasta electrónica de mercaderías

Aduana de Oberá autoriza subasta electrónica de mercaderías

Se realizará el 24 de septiembre en la plataforma del Banco Ciudad

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/346798/20260902

La Aduana de Oberá autorizó una subasta electrónica de mercaderías, lo que permite su venta en el marco de un convenio vigente. El acto se rige por normas y decretos que otorgan facultades a la Administración Aduanera. La subasta se efectuará a través del Banco Ciudad de Buenos Aires, en su página web oficial.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • La Aduana de Posadas autorizó una subasta electrónica el 31/08/2026 bajo un convenio laboral con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
  • Ambas aduanas pertenecen a la misma agencia recaudatoria y abordan temáticas coincidentes: aduanas, subastas y gestión pública.
Criterio editorial

Por qué importa

Es un acto administrativo relevante para la gestión aduanera y la optimización de recursos públicos, con impacto en la eficiencia del sistema de control aduanero.

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Documento base

Texto original

Disposición 47/2026

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO ADUANA OBERÁ Disposición 47/Oberá, Misiones, 31/08/2026VISTO lo establecido en los artículos 417 y siguientes de la Ley 22415, la Ley 25603, el CONVE-2020-00621694-AFIP, yCONSIDERANDO:Que el 22 de septiembre de 2020 se suscribió una adenda al convenio N° 12/2015 (AFIP) firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y el BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, que permite la celebración de subastas públicas bajo la modalidad electrónica a través de la plataforma web de la citada entidad bancaria.Que oportunamente se envió listado de mercaderías con disponibilidad jurídica, para ser incluidas en futuras subastas públicas bajo la modalidad electrónica a la División Investigaciones y Operativa Regional de la Dirección Regional Aduanera Noreste.Que la División Coordinación de Secuestros y Rezagos (DECEAD), en coordinación con las autoridades del Banco Ciudad de Buenos Aires, comunicaron la inclusión en la subasta a realizarse el día 24/09/2026 de la mercadería detallada en IF-2026-02720785-ARCA-OMSRSITOOBER#SDGOAI.Que el presente acto, coadyuva al cumplimiento de un objeto prioritario de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, en materia de descongestionamiento de los depósitos y la reducción de los costos por almacenaje de las mercaderías cuya guarda y custodia tiene encomendada.Que la comercialización impulsada en la presente se efectuará en pública subasta, bajo modalidad electrónica en los términos del convenio citado en el visto.Que las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como así también el catalogo correspondiente con el detalle de los valores base, descripción y fotografías de los bienes, se encontrará disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/.Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el decreto N° 618/97, decreto N° 953/24, Ley Nº 22.415 sus modificatorias y complementarias, y la Ley Nº 25.603.Por ello,EL ADMINISTRADOR DE LA DIVISION ADUANA DE OBERADISPONE:ARTICULO 1º: Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben - con la debida antelación y bajo modalidad electrónica-, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo IF-2026-02720785-ARCA-OMSRSITOOBER#SDGOAI que forma parte integrante el presente acto.ARTICULO 2º: La subasta pública de las mercaderías detallas se efectuará por intermedio del BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, bajo modalidad electrónica a través de la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 24 de septiembre de 2026.ARTICULO 3º: Regístrese y comuníquese a la División de Secuestros y Rezagos para la continuación del trámite. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, Archívese.Sergio Gabriel BezusNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 02/09/2026 N° 62358/26 v. 02/09/2026 Fecha de publicación 02/09/2026   Anexo - 1