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MINISTERIO DE ECONOMÍA - SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL

Se homologa el programa Bioproducto Argentino

Se homologa el programa Bioproducto Argentino

El Ministerio de Economía homologa el régimen del Programa Bioproducto Argentino, que afecta a productores agropecuarios y forestales.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/346478/20260827

La disposición homologa el régimen del Programa Bioproducto Argentino, creado mediante resoluciones anteriores. El acto se emite en el marco de la Subsecretaría de Producción Agropecuaria y Forestal del Ministerio de Economía.

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No implica designaciones ni decisiones con impacto directo en personas o sectores amplios, sino un acto administrativo interno.

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Disposición 11/2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL Disposición 11/Ciudad de Buenos Aires, 25/08/2026VISTO el Expediente Nº EX-2025-120585056- -APN-DNB#MEC, las Resoluciones Nros. 235 de fecha 6 de septiembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, y 132 de fecha 10 de noviembre de 2021 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, yCONSIDERANDO:Que por la Resolución Nº 235 de fecha 6 de septiembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, se crea el “PROGRAMA BIOPRODUCTO ARGENTINO” en el ámbito de la ex - SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del citado ex - Ministerio.Que por la Resolución Nº 132 de fecha 10 de noviembre de 2021 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se aprueba el Reglamento para el Otorgamiento del Derecho de Uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” y del “Certificado de Interés.Que el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (CONICET), (C.U.I.T. N° 30-54666038-5) y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA (INTA), (C.U.I.T. Nº 30-54667918-3), han solicitado el Certificado de Interés “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, para el producto “TrichoNOA-Salta: Bioinsumo microbiano a base de Trichoderma afroharzianum (Th15)”, categoría Investigación, desarrollado por la Doctora Eleonora del Milagro HARRIES en el laboratorio de la Estación Experimental Agropecuaria Salta.Que el COMITÉ ASESOR en BIOINSUMOS de USO AGROPECUARIO (CABUA) en su reunión de fecha 30 de octubre de 2025 se ha expedido al respecto, considerando que la solicitud es meritoria para el otorgamiento del Certificado de Interés “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, categoría Investigación.Que el Comité Asesor recomienda mantener el contenido biobasado del producto en el CIEN POR CIENTO (100%).Que la Coordinación de Innovación y Biotecnología de la Dirección Nacional de Bioeconomía de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ha producido el correspondiente dictamen, sin consignar observaciones que obsten al otorgamiento de la distinción solicitada por el INTA y el CONICET, considerando razonable extender a su favor el certificado en cuestión.Que el Certificado de Interés “BIOPRODUCTO ARGENTINO” que por la presente medida se otorga, es al efecto de indicar que el producto proviene de o es material biobasado y no implica la aprobación de venta comercial del producto o sus derivados, debiendo tramitarse dicha aprobación conforme la normativa vigente.Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y por las citadas Resoluciones Nros. 235/17 y 132/21.Por ello,EL SUBSECRETARIO DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTALDISPONE:ARTÍCULO 1º.- Otórgase por única vez el Certificado de Interés “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, categoría Investigación, al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (CONICET), (C.U.I.T. N° 30-54666038-5) y al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA (C.U.I.T. Nº 30-54667918-3), para el producto “TrichoNOA-Salta: bioinsumo microbiano a base de Trichoderma afroharzianum (Th15)”, desarrollado por la Doctora Eleonora del Milagro HARRIES en el laboratorio de la Estación Experimental Agropecuaria Salta.ARTÍCULO 2º.- Establécese que el producto referido en el Artículo 1º de la presente medida contendrá un mínimo de material biobasado del CIEN POR CIENTO (100 %).ARTÍCULO 3º.- El Certificado de Interés “BIOPRODUCTO ARGENTINO” que por la presente medida se otorga, es al efecto de indicar que el producto proviene de o es material biobasado. En consecuencia, la puesta en el mercado del producto o sus derivados deberá tramitarse ante los organismos que correspondan conforme la normativa vigente.ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Manuel Jose Chiappe Berissoe. 27/08/2026 N° 60663/26 v. 27/08/2026 Fecha de publicación 27/08/2026