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CONSEJO FEDERAL PESQUERO

Chubut obtiene cuotas pesqueras para dos buques

Chubut obtiene cuotas pesqueras para dos buques

Se asigna el 0,47016% de la captura máxima permisible a buques chubutenses

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345703/20260810

El Consejo Federal Pesquero autorizó la asignación de una cuota pesquera a dos buques chubutenses, ajustando la distribución de recursos marinos según criterios de interés social.

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Antecedentes relacionados

  • En los ultimos 120 dias se detectaron 14 avisos vinculados con homologacion o registro de acuerdos laborales.
  • La mayor concentracion aparece en MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO (14).
  • Los sectores mas repetidos son sector publico laboral (7), industria textil (5), comercio y servicios (2).
Serie laboral

Acuerdos homologados recientes

En los ultimos 120 dias se detectaron 14 avisos vinculados con homologacion o registro de acuerdos laborales.

Organos mas activos
  • MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO14
Ramas inferidas
  • sector publico laboral7
  • industria textil5
  • comercio y servicios2
  • La mayor concentracion aparece en MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO (14).
  • Los sectores mas repetidos son sector publico laboral (7), industria textil (5), comercio y servicios (2).
  • La inferencia se basa en titulos, organismos y texto oficial disponible; no reemplaza la lectura del acuerdo homologado completo.
Criterio editorial

Por qué importa

La resolución afecta directamente a la distribución de recursos pesqueros, con implicancias en la gestión sostenible y en la economía local de la Provincia del Chubut.

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Documento base

Texto original

Resolución 10/2026

CONSEJO FEDERAL PESQUERO Resolución 10/Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2026VISTO la Ley N° 24.922, el Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL N° 748 del 14 de julio de 1999, las Resoluciones N° 23 de fecha 12 de noviembre de 2009, N° 1 de fecha 24 de enero de 2013, N° 11 de fecha 5 de diciembre de 2024, sus modificatorias, y el Acta N° 25 de fecha 5 de diciembre de 2024, todas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, yCONSIDERANDO:Que las Resoluciones N° 23 y N° 1, citadas en el visto, contienen el Régimen General de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) y el Régimen Específico de merluza común, respectivamente, de las que surge la Reserva Social establecida para su asignación hacia los sectores de máximo interés social, para ser determinado por las distintas jurisdicciones, y su distribución actualizada, según la Resolución N° 11, también citada en el visto.Que mediante la última resolución citada, se asignaron CITC para el stock sur del paralelo 41° de latitud Sur de la especie merluza común (Merluccius hubbsi), para el corriente período (2025-2039).Que la Provincia del Chubut, en atención a cuestiones de máximo interés social provincial, de acuerdo con el concepto del artículo 4º inciso e) del citado Régimen General de CITC, ha solicitado al pleno del CONSEJO FEDERAL PESQUERO que se asigne CITC del saldo de la Reserva Social correspondiente a su jurisdicción, a favor de los buques SAN JUAN B (M.N. 023) y PEDRITO (M.N. 025) a partir del 1° de enero del 2027.Que la solicitud de la Provincia del Chubut está sujeta a las mismas obligaciones y cargas que fueran impuestas en la Resolución Nº 11 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO y en el Acta del CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº 25, ambas de fecha 5 de diciembre de 2024.Que la Reserva Social destinada a la Provincia del Chubut cuenta con un saldo suficiente para otorgar la asignación solicitada.Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de los artículos 9°, 27 y 28 de la Ley N° 24.922.Por ello,EL CONSEJO FEDERAL PESQUERORESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Asignación parcial de la Reserva Social. Asignar Cuota Individual Transferible de Captura (CITC) de la Reserva Social de la especie merluza común (Merluccius hubbsi), equivalente al 0,47016% de la Captura Máxima Permisible (CMP) de la especie, a favor de los buques SAN JUAN B (M.N. 023) y PEDRITO (M.N. 025) pertenecientes a BUENOS AIRES PESCA S.A, a partir del 1° de enero del 2027, conforme el máximo interés social determinado por la Provincia del Chubut hasta la finalización del plazo fijado en el artículo 1° de la Resolución Nº 11 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, de fecha 5 de diciembre de 2024.La asignación dispuesta se descuenta del porcentaje establecido en el artículo 4° y el ANEXO II, de la resolución precedentemente citada.ARTÍCULO 2°.- Condiciones y obligaciones. La CITC asignada en el artículo 1º estará sujeta a todas las condiciones y obligaciones fijadas en las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 23 del 12 de noviembre de 2009, N° 1 del 24 de enero de 2013, Nº 11 del 5 de diciembre de 2024, y sus modificatorias El plazo para la inscripción y aceptación referido en el artículo 9° de la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº 11 del 5 de diciembre de 2024, vencerá el 4 de septiembre de 2026 y el plazo para cumplir con el artículo 10 de la misma resolución será fijado por la Autoridad de Aplicación.ARTÍCULO 3°.- Obligaciones accesorias. La titular de la CITC contenida en el artículo 1º de la presente resolución deberá cumplir en legal tiempo y forma con las obligaciones fiscales y laborales referidas a la debida registración de sus trabajadores y el cumplimiento de las cargas previsionales a su cargo, en el orden nacional y provincial.ARTÍCULO 4°.- Publíquese, comuníquese y dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.Carla Seain - Paola Andrea Gucioni - Arturo Idoyaga Molina - María Silvia Giangiobbe - Sergio Edgardo Paleo - Andrés Arbeletche - Sergio Klimenko - Juan Antonio López Cazorlae. 10/08/2026 N° 55241/26 v. 10/08/2026 Fecha de publicación 10/08/2026